Ante las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio, los poderes judiciales de las distintas provincias han tomado medidas para garantizar el acceso a la Justicia con las restricciones propias de cada jurisdicción. En el caso de Córdoba, se aplicó la modalidad presencial por turnos y el teletrabajo.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), a partir del Acuerdo Reglamentario N° 1623, , enfatizó el firme objetivo de mantener una continua prestación del servicio de justicia para aquellos asuntos que, por su naturaleza, no admitían dilación. También, para lograr la cobertura creciente de todos los procesos y actuaciones judiciales, en la medida permitida por las restricciones sanitarias y los recursos tecnológicos disponibles. 

Según datos publicados por la página oficial del Tribunal, en los primeros 48 días de la emergencia se han realizado 180.000 operaciones en el Sistema de Administración de Causas, que incluyen oficios electrónicos y decretos. 

En toda la provincia y en todos los fueros, se dictaron 11.546 autos y sentencias, 41.347 expedientes nuevos iniciados, 29.590 e-cédulas enviadas y 14.112 órdenes de pago libradas. Además, mediante el sistema de videoconferencias, se desarrollaron más de 800 audiencias que permitieron concretar juicios, entrevistas, indagatorias y pericias.

Sin perjuicio de la suspensión de los plazos procesales, los tribunales pueden continuar la tramitación de los procesos y dictar resoluciones, tanto en causas nuevas y como en los expedientes iniciados antes del cese de la atención presencial. Además, se tomaron medidas específicas para las características de cada fuero. 

Los órganos judiciales pueden tomar audiencias a través de las herramientas digitales disponibles y notificar por medio de cédulas electrónicas (e-cédulas). El tribunal y su equipo pueden estudiar y resolver los casos de manera remota.  Asimismo, se cuenta con un sistema de turnos para la asistencia a la oficina para la firma digital y consulta de expediente en soporte papel. 

Cabe tener presente que  el TSJ prorrogó en forma automática, por 90 días, las medidas cautelares dictadas en casos de violencia familiar y de género, vencidas y por vencerse durante el receso. Esta disposición alcanza a las exclusiones del hogar, las prohibiciones de acercamiento y contacto, el otorgamiento de botón antipánico o tobillera, así como cualquier otra que haga a la protección de la persona.