Luego de siete años de la primera denuncia contra Julio César Castro, hoy el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal dictaminó la destitución del ex fiscal por acoso laboral y sexual, maltrato y abuso de poder en el ámbito judicial. Fue el exjefe de la Unidad Fiscal especializada en Delitos Sexuales del MPF. Ver video del veredicto.

El ex funcionario había sido en 2019 condenado a 6 años y 6 meses de cárcel por violar a su ex novia, sin embargo, la sentencia aún no se encuentra firme, por eso había mantenido el cargo hasta la fecha. La remoción, fue dispuesta por el mal desempeño de sus funciones y violaciones al deber de buena conducta como fiscal por el Jury pese a que Castro negó las acusaciones y nunca pidió disculpas a sus víctimas.

“Esa violencia hacia las mujeres ejercidas por el doctor Castro, se ha manifestado en los diferentes casos de varias formas e incluso aunadamente, porque como ya se dijo, una particularidad del acoso laboral consiste en que en algunas oportunidades como sucede con los hechos analizados concentra las cinco formas de violencia de género; la física, la psicológica, la sexual, la económica y la simbólica”, sostuvo un fragmento del fallo.

"Se acreditaron numerosos hechos de suma gravedad a lo largo de mucho tiempo caracterizado como un ensañamiento hacia las mujeres demostrativo de falta prudencia reflexión, conciencia de género y respeto por los demás, conductas que configuraron una ejercicio abusivo de su poder y que dista de lo que la sociedad espera de un magistrado del MPF. No basta demostrar contracción al trabajo y preparación académica y profesional sino que se trata de mostrar una conducta ejemplar con el respeto a los derechos y garantías dentro y fuera de sus funciones", explicó el considerando 2 del veredicto del Tribunal de Enjuiciamiento a cargo de Adriana Donato como presidenta.

El jury que funciona bajo la órbita del MPF, a cargo interinamente de Eduardo Casal, consideró probados los hechos de acoso laboral y sexual y también de maltrato dirigidos contra empleadas y empleados, funcionarios y funcionarias del MPF y del Poder Judicial de la Nación. Adriana Donato, en representación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal fue la presidenta del tribunal, integrado también por César Grau, por el Senado de la Nación; el fiscal general Juan Carlos Paulucci y la fiscal federal Alejandra Obregón, por el Ministerio Público Fiscal; Francisco Panero, en representación de la Federación Argentina de Colegios de Abogados; Laura Giosa, del Consejo Interuniversitario Nacional; y Héctor Recalde, representante del Poder Ejecutivo Nacional. 

Jury que funciona bajo la órbita del MPF de la Nación. (Fiscales)

En la acusación que habían realizado los fiscales Federico Reynares Solari e Indiana Garzón se había solicitado la remoción del ahora ex titular de la Fiscalía General Nº13 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales. 

 “Declarar inadmisible el planteo de nulidad efectuado por la defensa con base en la inaplicabilidad del reglamento disciplinario para los y las magistrados del MPF de la nación”, se señaló en la resolución.

Además, se rechazó el “planteo de prescripción efectuado por la defensa”, y se decidió “remover al doctor julio Cesar Castro, titular de la Fiscalía ante los Tribunales Orales en lo criminal y correccional de la Capital Federal número trece por mal desempeño del cargo”.

La resolución es considerada emblemática, en cuanto al tiempo que llevó destituir a un fiscal que tenía varias acusaciones y denuncias en su contra. También, desde el colectivo de mujeres que presenció la lectura del dictamen -que festejaron al finalizar el proceso- se deslizó que la impunidad con que contaba Castro era avalada por la red da amigos del poder que tenía.

El 5 de noviembre de 2019 el procurador Casal había dispuesto la apertura de la instancia que concluyó hoy, con el objeto de que se determine si los hechos atribuidos a Castro ameritaban su remocion por haber cometido graves faltas en el ejercicio de su cargo. A su vez, el procurador no aceptó la renuncia del magistrado, por lo que se llevó a cabo su enjuciamiento.