Se trata del caso de dos trabajadores de la Dirección General Impositiva (DGI) que dejaron de percibir sus haberes y fueron detenidos arbitrariamente y tuvieron que exiliarse durante la última dictadura cívico-militar-eclesiástica. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) firmó a fines del año pasado la resolución que da por concluido el caso y lo archivó.

En octubre de 2019 el tribunal internacional condenó al país por la violación de la garantía del plazo razonable en el caso conocido como “Perrone y Preckel Vs. Argentina”. La CorteIDH consideró responsable internacional al país y ordeno una serie de reparaciones que fueron cumplidas por el estado.

Elba Clotilde Perrone y Juan José Preckel eran funcionarios de la Dirección General Impositiva (DGI) al llegar la dictadura en 1976. En ese contexto en julio del 76 un grupo de tareas los secuestró de sus casas en la ciudad de Mar del Plata acusándolos de ser “subversivos” y de “atentar contra la seguridad nacional”.

Mientras que Perrone permaneció en distintas dependencias policiales y militares donde sufrió torturas y simulacros de fusilamiento. En octubre de 1982 la mujer pasó al régimen de libertad vigilada. Por su parte Preckel estuvo inicialmente detenido, y también sufrió torturas con picana, y luego se exilió en Alemania en 1979 con ayuda de organismos internacionales, hasta su retorno en 1984.

Con la vuelta de la democracia los trabajadores se reincorporaron a sus labores y presentaron reclamos administrativos por el pago de los haberes salariales y beneficios sociales, que fueron desestimados. También iniciaron la vía judicial que tampoco tuvo respuesta favorable.

Ante la falta de respuesta, tanto judicial como administrativa, recurrieron al tribunal internacional que tomó el caso en 2017 luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lo enviara tras analizarlo. La CorteIDH determinó que se excedió el plazo razonable de forma injustificada en el trámite de los respectivos procedimientos planteados por las víctimas. Más 13 años en el caso de Perrone; y casi 12 años en el caso de Preckel.

Por ello el tribunal dictó sentencia contra la Argentina y ordenando una serie de reparaciones que van desde el pago de indemnizaciones por daño material, y la publicación de la sentencia. Todo ello fue cumplido por el Estado Nacional y luego de que el tribunal internacional constatara que el país dio "cumplimiento total" de las medidas de reparación se dio por concluido el caso y se lo archivó.

La resolución lleva la firma de la jueza Elizabeth Odio Benito (Costa Rica) y los jueces Patricio Pazmiño Freire (Ecuador); Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia); Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México), y Ricardo Pérez Manrique (Uruguay). Eugenio Raúl Zaffaroni también integra el tribunal pero no participó del caso por ser argentino.