El Tribunal Oral Federal de Paraná sobreseyó a un hombre que cultivaba cannabis y que había sido procesado pero que se inscribió en el Registro del Programa de Cannabis. El tribunal aplicó la ley penal más benigna con el hombre para sobreseerlo. El hombre estuvo en proceso judicial durante más de cinco años.

La defensa del hombre sostuvo que “el avance legislativo en ese periodo de tiempo ha crecido vertiginosamente en materia de consumo de cannabis y auto cultivo doméstico, tanto en Argentina como en la región y el mundo”. Y recordó que “de las pericias de sus celulares y notebook, no se pudo extraer ningún elemento que pudiera hacer sospechar que dicha tenencia sea con fines ilícitos”.

El tribunal, por su parte, entendió que “el sembrado y cultivo de plantas para la producción de estupefacientes con objetivos medicinales, deviene atípica por la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna”. Además, explicaron que “en relación a las otras conductas atribuidas, es decir, tenencia de semillas y tenencia simple de estupefacientes, que las mismas eran para abastecimiento personal del encartado”.

Esto, coincidiendo con el fiscal de la causa que explicó que “cuando una persona se encuentra inscripta ante el Registro del Programa de Cannabis debe aplicarse retroactivamente la ley penal más benigna a hechos sucedidos antes de su vigencia”.

Con ello, el tribunal recordó que “se considera al fiscal un representante de la sociedad y no exclusivamente de los intereses del Estado, debiendo adecuar su actuación según criterios objetivos en función de una correcta aplicación de la ley, debiendo inclusive formular requerimientos en favor del imputado”.

Así, sobreseyeron al hombre por los delitos de siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes y tenencia simple de estupefacientes, considerando “atípicos” a esos delitos.