Después de que se conociera la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que desligó de responsabilidad por el espionaje de familiares de los tripulantes del ARA San Juan al ex presidente Mauricio Macri y a Gustavo Arribas se abren nuevo debates y preocupaciones. La directora ejecutiva del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) Paula Litvachky advirtió sobre la sentencia y la posible sistematización de información de personas que protesten contra el Poder Ejecutivo.
En una entrevista dada a Página/12 a Luciana Bertoia, la integrante del CELS explicó que “lo que hace el fallo es permitir que el Estado, a través de su Agencia Federal de Inteligencia (AFI), haga seguimiento, monitoreo, recopilación y sistematización de información de grupos que se organizan para protestar contra el Poder Ejecutivo”.
La “generalidad” que propone la sentencia habilita “que este control lo haga la AFI en forma secreta y que pueda quedarse con información sistematizada de las personas que se están organizando para protestar”, dice Litvachky. Y agrega: “Es muy grave porque la Casación no dice que el tipo de control que se hizo fue ilegal. En este caso, se estaba siguiendo a los familiares para entender qué tipo de reclamo o protesta le querían llevar a Macri”.
"La clave es ésta: el Poder Judicial habilita a hacer tareas de inteligencia sobre organizaciones sociales o grupos de familiares con la idea de que los agentes están amparados bajo la Ley de Inteligencia cuando no es así", explicó la titular del CELS.
Hay que recordar que el sobreseimiento confirmado en la causa por el espionaje fue firmado por los camaristas Guillermo Yacobucci y Mariano Borinsky en mayoría. Mientras que la jueza Ángela Ledesma votó en disidencia con sus colegas. Precisamente, si uno lee la sentencia "Ledesma es clara al sostener que los otros jueces confunden Seguridad Interior con la seguridad del presidente".
Sobre esto la directora del CELS explicó que “las funciones de seguridad interior son las que tienen las policías y son para mantener el orden público o para evitar la comisión de delitos” y recordó que “la AFI no tiene competencias de seguridad interior excepto en algunos delitos federales muy concretos y que no tienen nada que ver con este caso”.
“La AFI no tiene la competencia primaria para la seguridad presidencial sino la Casa Militar”, recordó y “nuestra preocupación no tenía que ver con el estándar de prueba para las autorías, sino con la definición de si estas conductas por parte de agentes de inteligencia están enmarcadas en la normativa de inteligencia o no”, recordó Litvachky.
El fallo
"Queda descartado cualquier tipo de ‘secretismo’ entre los familiares respecto de esos datos y su obtención exclusivamente a través de medios considerados ilegales", señalaron los jueces Guillermo Yacobucci y Mariano Borinsky. Mientras que Angela Ledesma, la tercera integrante del tribunal, votó en disidencia.
"La información recogida (por los agentes de inteligencia) se desenvolvió en el marco que admiten las expectativas de privacidad e intimidad en las circunstancias en que se desarrollaron. El hecho de que desde la agencia se haya realizado durante un cierto y limitado período de tiempo un relevamiento superficial de información respecto de aquellas personas afectadas por la incertidumbre y la carencia de las respuestas que esperaban, no permite seguir de ello que se haya ingresado, de manera ilegítima e inconstitucional, en el ámbito de autodeterminación o reserva", sostuvieron los jueces de la mayoría.
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