Esta semana el Poder Ejecutivo publicó un decreto en el que le pasó al Ministerio de Justicia de la Nación la facultad de fijar los plazos para la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) propuso una serie de medidas para poder llevar a cabo el proceso.
Publicado esta semana en el Boletín Oficial el decreto 188/2024 quitó esa potestad a la Comisión Bicameral que era la encargada de fijas los plazos. Actualmente sólo una jurisdicción, Salta-Jujuy, aplicó el sistema acusatorio y desde hace dos años que la comisión ni siquiera está conformada.
Desde el INECIP sostuvieron que “se deben tomar una serie de medidas inmediatas para desarticular las resistencias que, junto a la complacencia política, llevaron al fracaso de la Comisión Bicameral”.
Entre ellos, el Instituto sostiene que se debe “fijar un plazo de implementación breve e improrrogable para todo el país” puesto que la idea de “ir avanzando por jurisdicciones” que intentó la bicameral “facilitó la obstaculización por parte de los sectores que buscan mantener la vigencia del sistema actual y seguir beneficiándose de sus falencias”.
Y aclara que la puesta en marcha podría anticiparse en aquellas jurisdicciones que se encuentran en condiciones de hacerlo en forma casi inmediata. También sostienen que hay que “exigir la inmediata aplicación la ley orgánica del ministerio público fiscal”.
#Comunicado: El Gobierno traspasó al Ministerio de Justicia la facultad de fijar los plazos para la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal.
‼️ La decisión, dictada a través el Decreto 188/2024, abre una nueva etapa en la implementación del sistema acusatorio. pic.twitter.com/tD0YR3vkVv
— INECIP (@INECIP) February 26, 2024
Con respecto a esto último explican que “hay un grupo de leyes cuya aplicación no depende de la entrada en vigencia del CPPF” sino de la ley orgánica del MPF Nº 27.148, aprobada en 2015, y que “habilita al Procurador General de la Nación (interino hace 6 años) a hacer lo que hasta ahora no hizo: reorganizar las fiscalías de todo el país para que el Ministerio Público llegue preparado a la entrada en vigencia del nuevo Código”.
A ello agregaron como propuesta el “solicitar a la corte suprema de justicia de la nación la utilización del “fondo anticíclico” para las reformas edilicias necesarias”. En este sentido desde el INECIP aclara que la excusa para no implementar el siste es la “falta de recursos”.
“El Poder Judicial y los Ministerios Públicos de la Nación están sobradamente dotados del recurso más valioso de todos, que es el humano, cuyas capacidades se verán ampliadas gracias al reordenamiento de funciones que conlleva la implementación de este sistema”, explicaron.
Y explican que “los recursos materiales también requerirán una reestructuración y, eventualmente, una ampliación que pueden provenir de recursos financieros con los que el Estado ya cuenta”, mencionando específicamente el fondo con el que cuenta la Corte Suprema y “cuya su utilización se desconoce”.
A esto le agregan que el propio Ministerio de Justicia de la Nación y la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) también pueden contribuir con inmuebles en desuso. Desde el INECIP sostienen que “es justamente esa crisis (económica) la que obliga a avanzar en forma urgente con esta reforma, fundamental para reducir el avance de distintos mercados criminales, así como el resguardo de garantías individuales”.
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