En 2015, un chofer de 50 años fue embestido por un vehículo mientras bajaba los bolsos de los pasajeros y le provocó una fractura en su pierna derecha. El hecho ocurrió en la localidad de Saladillo, pero fue trasladado a la Ciudad de Buenos Aires para su intervención.

En el lugar, cuando entró al quirófano, le operaron la rodilla izquierda, lo que provocó que el hombre no pudiera volver a caminar de manera normal ya que la otra extremidad quedó sin cura. El hombre falleció sin poder saber el resultado del juicio.

Ahora, la Justicia condenó a la clínica, al médico que lo operó y a la aseguradora a indemnizar a sus herederos por la mala praxis.

La Cámara Nacional en lo Civil, a cargo de jueza Lorena Maggio y sus pares del Tribunal de Apelaciones Roberto Parrilli y Claudio Ramos Feijoo, sostuvieron que la sentencia "no admite sino concluir que ha existido mala praxis".

La condena no es solo por la equivocación en el momento de operar, sino que se omitió "el tratamiento quirúrgico de reducción y osteosíntesis indicado respecto de la otra rodilla -la derecha-, para resolver la fractura de platillo tibial allí sí constatada desde la atención médica inicial (evidenciada en el dolor y la impotencia funcional que presentaba el paciente, y confirmada por las radiografías y la tomografía realizadas en ese miembro inferior".