La Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional porteña anuló el sobreseimiento de Natalio Corach en la causa en la que se lo investiga por haber “ocultado fraudulentamente patrimonio durante la comunidad de bienes”.

La decisión se tomó seis días después de la muerte de su exesposa, Anahí Olivia Sánchez Lázzaro, quien lo había denunciado tras su separación en 2015.

El 9 de abril, el hijo del exfuncionario durante el gobierno de Carlos Menen, había sido sobreseído en primera instancia por el Juzgado en lo Criminal y Correccional N°50 porteño, pero el Ministerio Público Fiscal y los abogados Damián Wainer y Darío Rubinska habían apelado la resolución.

"Corach había sido sobreseído al aplicarse el artículo 185 del Código Penal, bajo la excusa absolutoria de que el imputado, en el momento de la denuncia, era en ese tiempo el esposo de la querellante. Pero se anuló el sobreseimiento porque el tribunal de alzada considera que antes de invocar esa razón de impunidad hay que investigar el delito, saber lo que pasó, quienes participaron y si fue delito", explicaron fuentes judiciales a La Nación sobre la decisión de los jueces Julio Marcelo Lucini, Magdalena Laiño y Ignacio Rodríguez Varela.

Desde el Juzgado en lo Criminal y Correccional N°50, señalaron: "No es ocioso mencionar que el artículo 185 fue introducido en el Código Penal argentino en su versión original del año 1921, dentro de un contexto normativo en que el tratamiento hacia la mujer era desigual y que, evidentemente, contenía normas que no se condicen con las de raigambre constitucional y convencional que hoy deben observarse merced de los compromisos asumidos por el Estado argentino".

"De ello se colige que la aplicación de la norma, en los casos en que se verifique un contexto de violencia de género patrimonial –sea cual fuere el ámbito en que se dé– puede derivar en la restricción a las mujeres a obtener una tutela judicial efectiva, y ello determina la inaplicabilidad del artículo referido", indicaron.