Lo ordenó la Cámara Nacional en lo Comercial, que admitió parcialmente la apelación deducida por la víctima. No se le podrá cobrar las cuotas hasta que no haya una sentencia firme. La fiscal había indicado que las consecuencias no deben pesar sobre la parte más débil de la relación contractual».
Copia y pega esta URL en tu sitio WordPress para incrustarlo
Copia y pega este código en tu sitio para incrustarlo