Es una obra arquitectónica que vinculará los barrios Recoleta con 31 y 31 bis a través de una plataforma elevada por encima de las vías férreas, donde se instalarán las oficinas del BID y habrá espacios públicos. Deberá discutirse en Audiencia Pública antes de su aprobación definitiva como ley.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, hoy en "primera lectura" ya que se requiere una segunda votación después de pasar por Audiencia Pública, un proyecto oficial para permitir la construcción del "Edificio Puente BID", donde funcionarán las nuevas oficinas del Banco Interamericano de Desarrollo en medio de parques y pasos peatonales de acceso público.

La obra será costeada por el organismo multilateral de crédito y vinculará la zona de Recoleta (a la altura del Centro de Exposiciones y aledaño a la Facultad de Derecho) con el barrio Padre Carlos Mugica (villas 31 y 31 bis, en proceso de reurbanización). Se levantará una estructura por encima de la futura traza de la Autopista Illia y de las vías férreas con terminales en Retiro. Se trata de un puente con edificios, calles peatonales y espacios verdes que se emplazará perpendicular a los rieles ferroviarios a lo largo de unos 200 metros.

Lo aprobado por los legisladores porteños en la sesión de este jueves autoriza al gobierno local a concederle a la administración nacional el uso gratuito de ese espacio durante cien años a fin que lo transfiera exclusivamente al BID, para la construcción y usufructo del edificio puente.

Actualmente el BID tiene su sede en calle Esmeralda 130. "Se han producido negociaciones entre la Agencia de Administración de Bienes del Estado Nacional y el BID tendientes a llevar adelante la relocalización de su actual sede, manifestando éste último su intención de construir, para ello, el denominado Edificio Puente BID", explicaron los fundamentos del proyecto enviado por la Jefatura de Gobierno de la Ciudad.

"Dicha obra de infraestructura comprende la construcción de un puente peatonal con oficinas en su interior y un parque público en su superficie, que conectará el macrocentro con el barrio 31 y 31 bis. El mismo estará emplazado por sobre las vías del ferrocarril y ocupará superficies de dominio del Estado Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", agregaron los considerandos.

El primer artículo de la ley aprueba un convenio suscripto entre el gobierno de la Ciudad y la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) nacional. Luego, "autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar al Estado Nacional una concesión de uso gratuito sobre la superficie determinada en el Anexo I de la presente, por un máximo de cien (100) años y mientras dure su afectación al desarrollo y funcionamiento del Edificio Puente BID. El Estado Nacional, previa autorización del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrá ceder en todo o en parte dichos derechos, exclusivamente al Banco Interamericano de Desarrollo, para el cumplimiento del proyecto Edificio Puente BID”.

El artículo tercero autoriza el emplazamiento en sí del edificio puente y el cuarto estipula que se "deberá garantizar la libre circulación y el uso público y gratuito de la terraza del Edificio Puente BID y de los accesos a la misma, a los fines de lograr la vinculación física peatonalmente de ambos extremos del puente. La terraza del edificio deberá configurarse como techo verde de acuerdo a lo establecido en la normativa de edificación. El mantenimiento de la misma estará a cargo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".

La villa 31 y 31 Bis hoy. La otra foto muestra el cambio con el puente-edificio del BID (Banco interamericano de desarrollo).

La norma también dispone los correspondientes cambios de zonificaciones catastrales para permitir la obra.

El convenio con la AABE, que forma parte de la ley como anexo, dice que el Gobierno de la CABA "tomará a su cargo el cuidado, conservación, mantenimiento y seguridad de la superficie del edificio puente que resulte afectada a espacio público, incluyendo el parquizado, luminarias y demás accesorios".

El proyecto llegó al recinto de sesiones con despacho conjunto de las comisiones legislativas de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, que presiden las diputadas Victoria Roldán Méndez y Paula Villalba (VJ), respectivamente. Se debatió conjuntamente con el proyecto de urbanización de los barrios 31 y 31 bis, aunque ambas iniciativas se votaron por separado. Fue aprobado en primera lectura por 46 votos positivos de Vamos Juntos, Partido Socialista, Bloque Peronista, Evolución y Gen, y 12 votos negativos de Unidad Ciudadana, Frente de Izquierda y de los Trabajadores y Autodeterminación y Libertad.

Victoria Roldán Méndez (VJ), presidenta de la comisión legislativa de Planeamiento Urbano, habló como miembro informante sobre los detalles del proyecto. Las críticas surgieron desde las bancadas de izquierda y Unidad Ciudadana. Carlos Tomada (UC) dijo que el puente va a obligar la relocalización de parte de los vecinos del barrio Padre Mugica, afectará también un sector del centro de exposiciones recientemente construido y "es un proyecto poco oportuno y poco pertinente", resumió. Patricio del Corro (PTS-FIT) ironizó que "para el BID hay un regalo por cien años y para los vecinos de la villa hay hipotecas" y Fernando Vilardo calificó de "provocación" a esa obra planificada. Roy Cortina (PS) refutó con vehemencia los cuestionamientos opositores.

Sanciones Conminatorias: Modifican Código Contencioso Administrativo y Tributario

La Legislatura modificó el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancio9nado mediante la Ley N° 189 referidos a las sanciones conminatorias que competen a los jueces y tribunales.

Actualmente, el artículo mencionado establece la facultad que tienen los magistrados judiciales de aplicar sanciones conminatorias en la persona del funcionario responsable de máximo nivel de conducción del organismo de la Administración Pública que ha incurrido en incumplimiento al requerimiento judicial.

Atento a que la aplicación de dichas sanciones, en algunas ocasiones, pueden resultar injustas y/o arbitrarias la Comisión de Justicia elevó al Pleno un despacho argumentando que "resultaría prudente modificar este artículo a fin de que en forma rápida y ágil, el superior jerárquico pueda revisar dicha medida, a efectos de confirmarla o revocarla. En tal sentido el dictamen en consideración propone que la aplicación de sanciones conminatorias a funcionarios públicos tenga efectos suspensivos hasta que la resolución judicial quede firme".

"Considerando la urgencia que dichas mandas normalmente contienen, se otorga un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles para que el Tribunal de Alzada resuelva mantener o revocar el auto que impone la sanción" se afirmó en los fundamentos. "En virtud de lo expuesto el presente dictamen procura optimizar el sistema de aplicación de sanciones conminatorias, velando para que sea más efectivo y eficiente el cumplimiento de sentencias judiciales ordenadas a la Administración Pública local".

El artículo 30 “Sanciones conminatorias” del capítulo II – Deberes y Facultades de los Jueces/as, del Título II – Reglas Procesales, del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Anexo A- Ley N° 189- (Texto consolidado por Ley 5666), quedó redactado de la siguiente forma:

Los/las jueces/zas y tribunales pueden imponer sanciones pecuniarias compulsivas y progresivas tendientes a que las partes cumplan sus mandatos cuyo importe es a favor del/la titular del derecho afectado por el incumplimiento. 
"Pueden aplicarse sanciones conminatorias a terceros, en los casos en que la ley lo establece. 
"Las condenas se gradúan en proporción al caudal económico de quien deba satisfacerlas y pueden ser dejadas sin efecto, o ser objeto de reajuste, si aquél desiste de su resistencia y justifica total o parcialmente su proceder.
"Cuando el incumplimiento del mandato sea imputable a una autoridad administrativa, el tribunal puede disponer que las sanciones se hagan efectivas en la persona del funcionario responsable del máximo nivel de conducción del organismo que ha incurrido en incumplimiento. En tal caso, ejecutado que sea y sólo para el caso de comprobada imposibilidad de pago, pueden satisfacerse a través del sujeto de derecho estatal.
"En el supuesto de que la sanción conminatoria sea aplicada a un funcionario estatal, la  misma resultará apelable con efecto suspensivo hasta que el Tribunal de Alzada resuelva el recurso referente a la imposición de sanciones dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido el expediente a estudio
.”

El proyecto convertido hoy en ley fue impulsado por los diputados Daniel PrestiJosé Luis AcevedoAriel Álvarez PalmaClaudio CingolaniMaximiliano FerraroAgustín ForchieriDiego García De García VilasVictoria Roldán Méndez y Francisco Quintana (VJ). La votación resultó de 38 positivos (VJ y E) y 20 negativos (UC, PS, AyL, BP, GEN, PTS-FI).

Nombre a escuela infantil de Comuna 10

En primera lectura se aprobó imponer el nombre de "Manuel Rocca" a la Escuela Infantil N° 5 - Distrito Escolar 18, situado en la calle Arregui 4430 -Comuna 10- integrada por los barrios de Villa Real, Monte Castro, Versalles, Floresta, Vélez Sarsfield y Villa Luro. La denominación fue resultado de una votación que efectuó la comunidad educativa y el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, recogió en un proyecto que envió a la Legislatura.

Manuel Rocca fue un emigrante de origen humilde que logró a través de su trabajo, labrarse una posición solida económica. A su muerte y por disposición propia detallada en su testamento, donó dinero y algo más de dos hectáreas para que se construya un hospital y una escuela para niños de bajos recursos. En la actualidad se encuentran en esos solares el "Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca" y el "Instituto de Recuperación y Clasificación de Menores".

Personalidades destacadas en Cultura y Ciencias Jurídicas

El Cuerpo Parlamentario distinguió este jueves a cinco nuevas Personalidades destacadas en el ámbito de la cultura. Se trata de la especialista en filosofía y literatura Martha Edith Candioti, miembro de la Asociación Argentina de Arte Plástica -AAGA- por iniciativa de Roberto Salcedo haciéndola propia el diputado Ariel Álvarez Palma (VJ).

También Fernando Goin, artista visual que realizó sus estudios de Diseño Industrial en la UBA y de Artes Visuales en la Escuela Nacional de Bellas Artes Prilidiano Pueyrredón donde es docente, en este caso el proyecto es autoría de la diputada María Andrea Conde (UC).

El actor Diego César Topa por iniciativa del diputado Leandro Santoro (UC) y el escultor Carlos Alberto Benavidez presentado por los diputados Daniel Eduardo Del Sol Paola Vanesa Michielotto (VJ) fueron otros de los artistas distinguidos junto a Horacio Becker - conocido artísticamente como "Rulito" - actor, animador, clown, cantante y titiritero en espectáculos y eventos infantiles que promovieron los legisladores Jian Ping YuanMaría Luisa Estevarena Eduardo Antonio Santamarina (VJ).

En tanto en el campo de las Ciencias Jurídicas fue destacado el profesor y abogado especialista en Derecho Civil y Comercial Julio César Rivera, que impulsaron los diputados Daniel Del SolMercedes De Las CasasNatalia FidelMaría Luisa González EstevarenaPaola MichielottoHernán ReyesEduardo Santamarina Guillermo Suárez (VJ). Unidad Ciudadana se opuso.