En una semana donde se cumplieron 19 años de la desaparición de "Marita" Verón, el Tribunal Oral Federal 2 de San Martín dictó condenas de quince y cinco años de prisión para un hombre y una mujer por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada contra al menos diez víctimas, varias de la cuales eran menores de edad al momento de los hechos.
Según fuentes judiciales a las que accedió Tiempo Judicial, Fernando Pablo Escobar, como autor, y Araceli Sandra Di Pascua, en calidad de partícipe secundaria, captaron a las víctimas con falsas propuestas laborales a través de Facebook y WhatsApp, presuntamente para trabajar como empleadas de limpieza de una quinta como camareras en eventos y reuniones en un predio en Villa Luzuriaga.
En ambos casos, la justicia federal de San Martín consideró “agravadas” a las conductas juzgadas porque hubo más de tres víctimas que sufrieron “engaño, violencia, amenazas, abuso de autoridad y de situación de vulnerabilidad, por haber logrado consumar la explotación y por ser menores de edad algunas de ellas”.
La explotación sexual ocurrió dentro de la Quinta Mimará, ubicada en Villa Luzuriaga, partido de La Matanza, y propiedad de la Federación de Trabajadores Jaboneros y Afines de la República Argentina.
La acusación de la fiscalía señaló que de la quinta las llevaban a un departamento que Escobar alquilaba en Mburucuyá al 1800, de la localidad y partido de Morón, en hoteles de la zona aledaña a la quinta, como “Solange”, “Carabobo” y “Horóscopo”, y en los domicilios particulares de los “clientes” a donde las víctimas eran trasladadas por el principal imputado.
La investigación de esta causa estuvo a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC).
La intervención judicial comenzó a cargo de la justicia provincial con las denuncias formuladas por una joven y una adolescente que habían acudido para una entrevista, y quienes lograron escapar a los ofrecimientos de dinero a cambio de mantener relaciones sexuales.
La justicia federal comenzó a intervenir luego de aceptar su competencia el Juzgado Federal de Morón que delegó la instrucción en la Fiscalía Federal N°1 de Morón. En abril de 2018 se practicó un allanamiento en el predio perteneciente a la Quinta Mimará. Y en abril del 2021, se obtuvo la condena para los dos acusados de explotación sexual agravada.
El monto de la pena a Escobar fue unificada en 30 años de prisión, en tanto registra una condena anterior de 22 años impuesta en 2002 por el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de La Matanza.
La línea 145 depende del Ministerio de Justicia de la Nación y es coadministrada por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), de la Procuración General de la Nación.
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