Un docente de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) que tras cumplir 65 años había sido intimado a jubilarse de su cargo como profesor de dicha institución, será reincorporado por decisión de la Corte Suprema de Justicia luego de que evaluaran su demanda.
El docente llamado Alejandro Carlos Rocca ejercía su función de formador en la Facultad de Ingeniería. Según trascendió, la UNLP había apelado a la decisión del Consejo Directivo que consistía en abstenerse de aplicar para el cargo hasta no se resolviera un nuevo concurso para cubrir el cargo.
La universidad argumentó que mediante un recurso extraordinario que dicha sentencia laceraba el principio de autonomía que rigen en las casas de altos estudios en el territorio nacional desde la reforma universitaria de 1921. La institución indicó que debían ser ellos quienes decidan sobre el caso.
El docente, informaron desde la UNLP, no trabajaba en modalidad regular, por eso no podía permanecer en el cargo hasta los 70 como indica la ley 26.508 para permanecer en el cargo hasta los 70 años, en contra de lo que establece el artículo 137 del estatuto universitario.
“Podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco años más”, explicó la Corte al respecto de la ley 26.508, que permite el acceso a la jubilación ordinaria docente universitaria quienes cumplan 60 y 65 años de edad, mujeres y varones, respectivamente.
Asimismo, el máximo tribunal advirtió que “lo expuesto no implica que quienes opten por permanecer en actividad tras haber cumplido los 65 años queden exceptuados del régimen de concursos, acceso y duración de cargos, pues ello importaría atribuirles una estabilidad no prevista”.
"Que la ley 26.508 amplió al personal docente de las universidades públicas nacionales no comprendido en las leyes 22.929, 23.026 y 23.626 el beneficio instituido en la ley 22.929, de acuerdo a diversos requisitos y modalidades (art. 1°). En su inciso a, apartado 2, se determina que tienen derecho a la jubilación ordinaria docente universitaria quienes reúnan determinados requisitos, entre ellos "Haber cumplido los sesenta (60) años de edad en el caso de las mujeres y sesenta y cinco (65) años de edad los varones. En ambos casos, ante la intimación del empleador, cualquiera fuere, los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco (5) años más después de los sesenta y cinco (65) años".
“No se habían acompañado constancias que demostrasen que los cargos de Rocca ya hubieran sido cubiertos en un nuevo concurso”, concluyó la Corte.
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