El tipo penal imputado a los Messi consisten en la defraudación contra la Administración Pública, previsto en el Código Penal español, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en el artículo 305 y 305 bis, que contemplan tres tipos de delitos contra la Hacienda Pública y uno contra la Seguridad Social.
El delito contra la hacienda pública consiste en defraudar, por acción u omisión, a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener, siempre que la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de 120.000 euros.
Así, tras la final de la Champions League a fines de mayo de este año, Messi llegará a juicio casi tres años después de que la Fiscalía querellase a ambos por tres delitos fiscales cometidos entre 2007 y 2009. El jugador eludió el pago de 4,1 millones por la explotación de sus derechos de imagen mediante un entramado de empresas en paraísos fiscales, según la investigación. Tras escuchar a Messi, la Fiscalía cambió de criterio: dirigió la acusación solamente contra el padre y pidió el archivo de la causa para el futbolista. Fuentes judiciales españolas, ya han manifestado a este medio que no irá a prisión por este delito el crack argentino. Veremos...
Mascherano aceptó la condena
El capitán del Seleccionado argentio y también jugador del Barcelona español aceptó hoy una condena de un año de cárcel por defraudar en 1,5 millones de euros a Hacienda. En tanto, pidió a la Audiencia de Cataluña que le suspenda la pena de prisión o se la sustituya por una multa de 21.600 euros.
En una sentencia "in voce", la sección octava de la Audiencia de Barcelona condenó al jugador a 1 año de cárcel en un juicio que ha durado apenas diez minutos y en el que Mascherano aceptó el año de cárcel que pactó con la Fiscalía y la Abogacía del Estado, tras devolver a Hacienda la suma defraudada.
La sentencia condena al ex jugador de River Plate a 1 año de cárcel por dos delitos contra la Hacienda pública en los ejercicios de los años 2011 y 2012 y le impone una multa de 815.000 euros, además de la prohibición de obtener subvenciones públicas e incentivos fiscales mientras dure la pena.
El ministerio público sostenía en su querella que, con la finalidad de burlar su obligación de tributar, el argentino no declaró las rentas obtenidas de la marca Nike a través de una sociedad domiciliada en Estados Unidos y simuló la cesión de sus derechos de imagen a una sociedad puramente instrumental radicada en la zona franca de Madeira (Portugal).
La defensa de Mascherano, ejercida por los abogados David Aineto y Diego Artacho, pidió al tribunal que le sustituya la pena de prisión impuesta por otra multa de 21.600 euros y, si no es así, que se le suspenda el ingreso en prisión, una medida que los tribunales suelen conceder si no hay antecedentes.
La Fiscalía apoyó la petición de la defensa, pero no así la Abogacía del Estado, que acepta que se suspenda la entrada en prisión del futbolista -por carecer de antecedentes y ser la pena inferior a dos años- pero se opone a que se le conmute por la multa de 21.600 euros que plantea la defensa.
En tanto, los abogados de Mascherano, que basan su petición de sustitución de la pena de prisión en un artículo del Código Penal antiguo, alegan que el futbolista debería beneficiarse de esa medida -aplicada en otros casos de fortunas condenadas por fraude fiscal-, dada su disposición a devolver el dinero y a asumir los hechos.
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