La justicia correntina obligó a un abuelo a mantener a sus nietos porque el aporte del padre es insuficiente. "El familiar es subsidiariamente responsable", sostiene el fallo.
 
El fallo advierte sobre la "solidaridad familiar" y dice que si bien "no es lo mismo ser padre que ser abuelo", "la obligación de los abuelos opera ante el incumplimiento o imposibilidad del progenitor".
 
El fallo fue dictado por la jueza de familia de localidad correntina de Paso de los Libres, Marta Legaretta, en un caso en que la madre de los niños, separada del padre, reclamó la cuota alimentaria para mantener a los tres menores.
 
Según el expediente, el padre de los chicos vive "de changas" y sólo puede aportar dos mil pesos mensuales, monto que la jueza consideró "insuficiente".
 
"Bajo el principio de solidaridad familiar que alumbra el derecho alimentario, es posible determinar el abono de un porcentaje por parte del familiar que resulte subsidiariamente responsable y hasta tanto el alimentante se encuentre en mejores condiciones de afrontar el pago de una cuota razonable", dice el fallo.
 
De acuerdo a la resolución publicada en el sitio elDial.com, la jueza estableció que "la cuota alimentaria para tres niños menores de edad debiera resultar del 40 por ciento de un salario mínimo vital y móvil", 3.024 pesos en el caso.
 
Pero como el padre de los niños sólo puede aportar dos mil, la cifra final se integrará "complementariamente por el abuelo paterno, en lo restante y hasta alcanzar el mínimo perseguido", dice el fallo, por lo que el abuelo deberá aportar 1.024 pesos.
 
"Los niños, niñas y adolescentes son titulares de aquellos derechos generales, como el derecho a llevar una vida digna o al pleno desarrollo de su personalidad, pero además, debido a su especial situación de vulnerabilidad, se les reconoce el derecho a un plus de protección",concluyó la magistrada en el fallo.