El 2 de febrero, el juez Gustavo Adolfo Letner, titular del juzgado N° 15 en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas, sancionó a la empresa Fast Food Sudamericana S.A. y condenó al pago de una multa de 142.480 pesos por “exceder solicitud de aviso de obra presentado, no exhibir cartel reglamentario de obra y no poseer antecedentes demolición” en la construcción de un nuevo local de Burger King en Almagro.
El magistrado dio por acreditado que se habían ejecutado demoliciones de cubiertas y superficies, y que en el centro de la parcela se había socavado el terreno aprox. 0.80m, excediendo de este modo los alcances del aviso de obra presentado.
Letner determinó que Fast Food Sudamericana S.A. incurrió en la falta “Obra no autorizada” dictada por el artículo 2.2.3 de la Ley 451 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, el cual establece que “El/la responsable de la ejecución de una obra no autorizada o en contravención a las normas vigentes, es sancionado/a con multa de trece mil setecientas (13.700) a ciento setenta y un mil (171.000) unidades fijas y/o clausura”.
La firma Fast Food Sudamericana S.A. -la cual reconoció las infracciones imputadas- ya registraba dos condenas judiciales firmes ante el fuero por hechos similares que datan del 25 de agosto de 2014 y 17 de febrero de 2016.
Por último, de acuerdo al artículo 19 de la Ley 451, la cual reglamenta el pago de multas en Unidades Fijas y su valor en moneda de curso legal equivalente a medio litro de nafta de mayor octanaje, el juez Letner estableció la sanción de multa en 13.700 unidades fijas, lo que equivale al monto de 142.480 pesos. La empresa podrá solventar dicha suma en diez pagos mensuales, iguales y consecutivos, de 1370 setenta unidades fijas –equivalente a 14,248 pesos- cada uno, más costas.
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