El ministro de Justicia, Gustavo Ferrari, le propuso al Presidente de la Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación, Mariano Borinsky, que la libertad condicional no sea concedida a ningún condenado por numerosos delitos dolosos que son de gravedad, en los que se produce la muerte de la víctima.
Entre los delitos que el ministro Ferrari propuso que queden excluidos de la libertad condicional se encuentran todos los homicidios calificados: el Femicidio, el aborto sin consentimiento seguido de la muerte de la mujer, el abandono de personas, la privación ilegal de la libertad coactiva, la privación ilegal de la libertad agravada por ser cometida en el marco de una situación de terrorismo de Estado, las torturas seguidas de la muerte de la víctima, el secuestro extorsivo, la creación de peligro para transportes acuáticos o aéreos, el descarrilamiento de trenes, la piratería y el envenenamiento de aguas potables.
Ferrari sostuvo que tampoco debe concederse la libertad condicional a los delitos sexuales graves: los abusos sexuales agravados; la corrupción de menores agravada; y la promoción de la prostitución de menores.
En el pedido a la Comisión, Ferrari aclaró que "los objetivos de resocialización declamados en los instrumentos internacionales pueden, y deben ser auténticamente compatibilizados con la defensa de los habitantes, de todos y cada uno, frente al delito".
“Ellos pueden, y deben ser conformados con los intereses de las víctimas y sus familias. Y no podemos ni debemos tolerar que, al ser aplicados al caso concreto, se los transforme en una burda transgresión al más caro de los anhelos al que todo sistema legal punitivo debe aspirar: afianzar la justicia”, afirmó Ferrari en su carta.
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