En menos de 24 horas, la jueza titular del Juzgado 4, Dra. Laura Castagnino, hizo lugar a la medida cautelar impulsada por dos entidades abogadiles y dispuso "la suspensión de la resolución SRT Nº 760/17" de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, dependiente del ministro de Trabajo de la Nación, Jorge Triaca, por el plazo de 6 meses. En tanto, intimó al organismo "a comunicar la decisión, dentro de las 72 horas, a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, Empleadores Autoasegurados y ART – Mutuales que se encuentran alcanzadas por la resolución" impugnada. 

 

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En la resolución a la que accedió Tiempo Judicial, expresa que la resolución del organismo dependiente de Triaca, "no constituyen estrictamente objeciones vinculadas con vicios del procedimiento, esto es, no invocan la existencia de una violación a las formas sustanciales del juicio, sino que se encuentran dirigidos a atacar cuestiones de estirpe jurisdiccional, que ya han sido objeto de específico tratamiento. 

 

Ayer, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), presidido por Jorge Rizzo, adhirió al pedido de medida cautelar de la corriente de Abogados 7 de Julio contra la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) para solicitar que se anule una resolución del Ministerio de Trabajo que crea un registro con los datos de los abogados que iniciaran demandas laborales y que alegaran la inconstitucionalidad de la Ley de ART.

 

Se trata de la resolución 760/2017, publicada el 2 de agosto en el Boletín Oficial, que ordenaba a las ART, a los Empleadores Autoasegurados y a las ART Mutual a informar, con carácter de “declaración jurada”, los procesos judiciales en los que intervengan como demandadas, puntualmente en los casos en los que la defensa alegue “inconstitucionalidad” de la ley de ART N° 27.348 y el decreto N° 54 del 20 de enero de 2017. El registro sería creado en el marco del Sistema Integral de Registro para el estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo (SIREL).

 

La suspensión de la resolución ya había sido ordenada por la titular del Juzgado N° 4 del Trabajo, Laura Cristina Castagnino el pasado 8 de agosto. 

 

Desde el CPACF interpretaron que el SIREL es "visiblemente inconstitucional" y que "podría implicar un gravísimo precedente". "Comporta una inexcusable violación del orden jurídico, vulnerando lo dispuesto por la Constitución Nacional y las leyes 25.326 y 23.187, procurándose con esta acción la tutela jurisdiccional frente a la conducta ilegítima y arbitraria de la SRT", agregó.

 

Advirtieron, además, que el registro vulneraría el derecho a ejercer libremente la profesión de los abogados "resultando afectado el legítimo derecho al trabajo de todos los matriculados que pretendan representar o patrocinar a sus clientes en el Fuero Laboral interponiendo planteos de inconstitucionalidad". En la misma línea, se pronunció en un comunicado, la Asociación Civil Justicia Legítima, que rechazó la creación del SIREL, y mostró “preocupación” porque se trataba de una “situación discriminatoria”. 

 

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