El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa condenó a dos periodistas de radio a los que obliga a pagar una suma millonaria al gobernador de esa provincia, Gildo Insfrán, por “haberse mantenido en una actitud pasiva ante las manifestaciones de un oyente anónimo” lo que habría provocado un “daño a través de la instalación de un tema con evidente intención dolosa” según dice la resolución.

 

Los periodistas Gabriel Hernández, Andrea Paola Cospito (quien ni siquiera participó del programa ese día de enero de 2013), Carlos Julián González y la propietaria de la emisora María de las Mercedes López, fueron condenados a pagar 1,2 millones de pesos de indemnización al gobernador formoseño.

 

El tribunal, integrado por los jueces Ariel Gustavo Coll y Eduardo Manuel Hang, entendió que se “determina claramente la responsabilidad” que se deriva de “haberse mantenido en una actitud pasiva ante las manifestaciones de un oyente anónimo, a quien por cierto nunca se trató de identificar en el transcurso del programa ni con posterioridad, en pos de su atribución a una fuente de información, omitiendo, justamente, aclarar o indagar acerca del origen de la versión difundida, lo que hubiera permitido a la audiencia formarse un juicio certero de credibilidad y así evitar la causación del daño a través de la instalación de un tema con evidente intención dolosa".

 

Insfrán se sintió ofendido por una referencia de un oyente anónimo respecto de las causas del fallecimiento de su hijo, años atrás. El periodista Gabriel Hernández no hizo ningún comentario sobre la cuestión y continuó analizando el tema principal del día. El gobernador objetó que Hernández debió haber “corregido” o “tachado de falso” el comentario del oyente.

 

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) calificó el fallo como "arbitrario, parcial y absolutamente politizado". "No hace más que desnudar una vez más las graves restricciones a la libertad de expresión que rigen de facto en la provincia gobernada desde hace 23 años por Gildo Insfrán", dijo FOPEA. 

 

"Esta decisión del máximo órgano judicial formoseño deja una doctrina preocupante para los periodistas de esta provincia: es delito mantener una actitud pasiva ante manifestaciones de un oyente y por lo tanto resulta corresponsable de lo que dice el mismo", manifestó el foro de periodistas.