El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná que prohíbe la fumigación con agrotóxicos alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia.
El uso de agroquímicos es un problema grave que viene ocurriendo en diferentes provincias como Córdoba, Chaco, Santa Fe y Entre Ríos entre otras. Según reveló el periodista Juan Parrilla en varias notas sobre el tema, un estudio del Ministerio de Salud de la Nación de 2012 reportó una sustancial diferencia de mortalidad por cáncer entre pueblos ganaderos y agropecuarios del interior de la Provincia de Chaco: en Avia Teraí, Campo Largo y Napenay las frecuencias de muertos por cáncer fueron de 31,3%, 29,8% y 38,9% respectivamente, mientras que en Cole Lai y en Charadai fueron de sólo 5,4% y 3,1% .
En tanto, en 2015, la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Rosario estudió la salud ambiental de la ciudad de San Salvador, en Entre Ríos, y halló que casi el 50% de los fallecidos lo hicieron por cáncer en los recientes años. Mientras que el médico generalista Arturo Baltazar Serrano publicó en 2013 un estudio sobre el pueblo santafesino de San Vicente, en el que detectó que el cáncer aumentó un 300 por ciento.
La semana pasada, La Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ de Entre Ríos confirmó la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná que prohíbe la fumigación con agrotóxicos alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia.
Así lo resolvieron los doctores Daniel Carubia, Miguel Ángel Giorgio y Claudia Mizawak, asistidos por Noelia Ríos, en el marco de la Causa Nº 23709, caratulada: “Foro Ecologista de Paraná y otra C/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otro S/ Acción” accionantes de la acción de amparo.
En la sentencia, la Sala penal del STJ resolvió, por mayoría, establecer que no existe nulidad, y hacer lugar parcialmente a los recursos de apelación interpuestos por las accionadas, Consejo General de Educación y Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, contra la sentencia y, en consecuencia, revocar el punto 4º en su totalidad y parcialmente el punto 3º en lo referente a la condena al Consejo General de Educación a plantar barreras vegetales; y confirmar el resto de la sentencia dictada el Sr. Vocal de la Cámara Segunda de Paraná, Sala II, Dr. Oscar Daniel Benedetto.
En dicha sentencia el juez Benedetto resolvió admitir parcialmente la acción “prohibiendo la fumigación terrestre con agrotóxicos en un radio de mil metros alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos”. En tanto, la “fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros alrededor de dichos establecimientos educativos” hasta tanto “se determine por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los mismos con distancias diferentes”.
Declaraciones cruzadas Gobierno y Justicia
La Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Entre Ríos rechazó las críticas formuladas por el secretario de la Producción de la provincia, Álvaro Gabás, hacia el Poder judicial provincial, a raíz de una resolución que busca impedir fumigaciones en zonas donde hay escuelas rurales.
El funcionario del gobierno de Gustavo Bordet había asegurado en medio de la polémica que "los jueces son ideológicos y demagógicos".
En este sentido, la entidad publicó un comunicado al que accedió este medio en el que “los jueces emitimos fallos conformes a las reglas que rigen al Estado Constitucional de Derecho y si no se está de acuerdo con lo resuelto en causas judiciales, existen instancias institucionales para impugnarlas”, señaló la entidad.
La organización agregó que, de hecho, así lo entendió el gobierno "del que forma parte Gabás, ya que, en lugar de criticar en forma generalizada a los jueces como lo hizo el funcionario, presentó una apelación al fallo de la Cámara Civil, Sala Segunda", esgrime el comunicado de la entidad que preside la jueza Gabriela López Arango.
El fallo ordenó el cese de "fumigaciones terrestres con agrotóxicos en un radio de 1.000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de 3.000 metros alrededor de dichos establecimientos educativos", dijo y agregó que "existiendo niños involucrados en el conflicto, rige el principio rector de su interés superior”, indicó el tribunal.
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