Esta semana, dos dolores de cabeza le dio la Justicia porteña a Larreta, recién reelecto jefe de Gobierno porteño. Dos jueces emitieron resoluciones obligando al Estado a regularizar la situación laboral de la gran mayoría de los agentes de tránsito de la C.A.B.A. así como dispuso, entre otras cosas, que por ahora sólo los empleados efectivos realizarán los controles vehiculares diarios. 

El Juzgado n.º 6 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a cargo de Patricia López Vergara, había hecho lugar a la medida cautelar y ordenado al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que debía «abstenerse de agravar y/o socavar y/o desfavorecer el vínculo que contractualmente refleja la situación laboral que mantiene a la fecha con los Agentes de Tránsito». Todo ello en el marco de los autos caratulados «Asociación Trabajadores del Estado contra GCBA sobre Amparo – empleo público – otros».

El gobierno porteño de Larreta tiene precarizados al 70 por ciento de los empleados de la Dirección de Tránsito del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tras la muerte de Cinthia Choque y la internación del otro agente, el gremio ATE inició una demanda en la Justicia porteña. El Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte de la CABA en sus funciones cuenta hoy con 3600 trabajadores. 

De 2750 empleados que trabajan como agentes de tránsito , sólo 850 se encuentran incluídos en planta permanente. Esto quiere decir que la mayoría (70 %) tienen contratos "de locación de servicios" en el Estado porteño, mientras que sólo el 30 % trabaja en relación de dependencia para la gestión Larreta. 

crédito: Ijudicial

La juez Vergara indicó que el Ejecutivo "deberá con carácter urgente proteger de forma inmediata la vida, la salud y mejorar las condiciones de trabajo en las cuales estos trabajadores desempeñan las funciones de Agentes de Tránsito -es decir, sobre aquellos que no revistan en planta permanente- y garantizarles la prevención y cobertura de prestaciones frente a riesgos de trabajo, lo cual incluye la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo, la cobertura de enfermedades profesionales y en su caso, la indemnización por invalidez sobreviniente. Todo ello hasta tanto cada uno de los agentes contratadas pase a integrar la planta transitoria de la Administración".

En tanto, el titular del Juzgado n.º 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Guillermo Scheibler, había dispuesto esta misma semana admitir parcialmente la medida cautelar solicitada por un ciudadano en su calidad de habitante y conductor de automóvil, quien consideró que "la actuación de la demandada es manifiestamente violatoria de los principios de legalidad, circulación, igualdad, acceso a la justicia, defensa en juicio y seguridad jurídica de los habitantes de la CABA, que se encuentran garantizados tanto en la CN como en la CCABA" . Todo ello en el marco de los autos caratulados «Wilson, Eduardo Santiago contra GCBA sobre amparo-otros» Expte. n.° 9313/2019-0.

Según el sitio iJudicial, el GCBA, a través del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte (Secretaría de Transporte - Subsecretaría de Movilidad Sustentable), presentó un escrito en el que manifestó que avala la medida cautelar dispuesta por el tribunal y que la resolución se halla consentida. A su vez, el gobierno comunicó que ya comenzó a regularizar la situación de alguno de los agentes afectados.

Mayoría de contratados

En la resolución a la que accedió Tiempo Judicial, la jueza Vergara explicó que el gobierno porteño bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte (Secretaría de Transporte - Subsecretaría de Movilidad Sustentable) actualmante cuenta con alrededor de 2.750 empleados. De ellos, unos 850 se encuentran incluidos en la planta permanente (y por ende amparados por la garantía de estabilidad en el empleo) y el resto están contratados mediante locación de servicios. Realizan las mismas tareas, pero tienen contratos diferentes, sin ART ni 

La magistrada recordó que entre las obligaciones internacionales asumidas, se encuentra el Convenio OIT n.º 155, la ley n.º 2.540, en el marco del acuerdo celebrado entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la Provincia de Buenos Aires y el GCBA, y la necesidad de "promover el trabajo decente" porque "trabajo decente es trabajo seguro".

Asimismo, la titular del Juzgado n.º 6 razonó con dureza contra el gobierno porteño: "(...) pareciera que el propio Jefe de Gobierno en 2013 al suscribir el decreto con el Jefe de Gabinete asume ‘la importancia de la labor y la naturaleza de los servicios [que el Cuerpo de Agentes] presta a los ciudadanos’ y luego los contrata como locador de servicios. Si un empleador particular violara de tal modo las leyes laborales, inmediatamente sería multado por la violación a la normativa de la LCT. ¿Y el Estado garante del cumplimiento de las leyes es el primero en violarlas?".

En su sentencia, Vergara enfatizó que "los Agentes de Tránsito son seres humanos que a través de su presencia permanente en la vía pública tienen a su cargo el control del tránsito vehicular, la educación vial y velan por la seguridad y cuidado tanto de los peatones como de los conductores». «Pero… ¿quién cuida de ellos?», se preguntó. Y agregó: "Se descuenta la necesidad de explicitar para ello la imperiosa necesidad de evitar que acontezca la pérdida de otra vida humana, mientras se clama por justicia, la cual debe responder al mismo en pos de evitar dar solución a los conflictos en forma tardía. Justicia tardía no es justicia".

Según el sitio iJudicial, el GCBA presentó un escrito en el que manifestó que avala la medida cautelar dispuesta por el tribunal y que la resolución se halla consentida. A su vez, el gobierno comunicó que ya comenzó a regularizar la situación de alguno de los agentes afectados. En tanto, especificó que en enero de 2020 se empezará a pasar a planta permanente a los agentes de tránsito precarizados. ¿Será?