El Código Iberoamericano de Ética Judicial (CIEJ) es el texto de referencia para las justicias de nuestro país, aunque existen otros códigos, como el de la provincia de Córdoba, de alcances jurisdiccionales más restringidos. El propósito de esta reflexión es incorporar una mirada complementaria a la que subyace en ese documento canónico, orientada a los mismos objetivos: el fortalecimiento de la confianza pública en los poderes judiciales y la legitimación de los magistrados. Junto con esos fines compartidos, nos proponemos aportar argumentos originados en el corpus conceptual de la ética para ponerlos al servicio de la revisión del actual modelo de comunicación judicial.

El Código Iberoamericano consiste en una serie de recomendaciones tendientes a que los jueces mantengan una conducta y un desempeño profesional que los acerque, lo máximo posible, a la excelencia. Dice el CIEJ: “En último término, se trata de, a partir de las exigencias que el propio Derecho plantea a la actividad judicial, profundizar en las mismas y añadir otras, de cara a alcanzar lo que podría llamarse el ‘mejor’ juez posible para nuestras sociedades [1]”.

Existe una mirada alternativa de la ética que es la que sostiene Emmanuel Lévinas[2]. Frente a la idea de que al llamado ético se responde desarrollando hasta la excelencia las virtudes que se reconocen — y que se supone que la sociedad reclama— a los jueces, Lévinas afirma que la ética consiste en dejar de ser quien se es para socorrer a quien necesita ser auxiliado. En la mirada del CIEJ se trata de potenciar al máximo los valores propios, entendiéndolos como universalizables; la propuesta de Lévinas es casi lo contrario: ceder la mismidad para encontrarse con el Otro y ayudarlo. Ubica en los momentos iniciales el mandato de no ceder a la propia naturaleza, para cuidar al otro: “‘No matarás’ ese mandamiento que inaugura todo discurso, lo carga de significación y justifica la búsqueda de la verdad, entraña una renuncia a mí mismo, a mi natural tendencia a la apropiación”[3].

Desde la posición del lituano no es mirándose en el espejo del juez ideal, del “mejor juez posible” como se responde al deber ético. Ceder a la mismidad es poner en juego el espejo para que la identidad quede definida en el encuentro con el otro. “La pasión por lo propio (el etnocentrismo y el egocentrismo) no es ningún accidente, sino la característica constitutiva del Yo. Si este es idéntico a sí mismo es porque puede identificar todo lo que le rodea, es decir, hacerlo idéntico a él, en definitiva, apropiárselo”[4]. La apropiación es la extensión del universo propio. Es marcar con mis claves el entorno. En los poderes judiciales la apropiación encarna, por ejemplo, en la idea extendida y persistente de que los periodistas deben aprender Derecho para cubrir la información de los tribunales, los ciudadanos deben aprender Derecho para entender las decisiones de los magistrados y que en la selección y remoción de magistrados solamente debe haber abogados. El mundo debe parecerse a su mundo.

Dice Lévinas: “El sentido de lo humano, dentro de la economía del ser, reside pues en perturbar la mismidad de este, en sacudirlo éticamente”[5]. Permitir que sea perturbado lo que uno es significa renunciar al espejo: la sacudida ética debe poner en jaque la mismidad. Veamos. ¿Es la cortesía contraria a la mismidad de los jueces? ¿La diligencia, la prudencia, la honestidad violentan lo que son o lo que eran antes de ingresar a la judicatura? Difícilmente: no reclutamos barrabravas para que ejerzan como magistrados. Preguntémonos entonces: ¿hay un esfuerzo de extrañamiento en el ejercicio de los valores que exige el CIEJ o se pide que los magistrados permanezcan en lo que ya son? Según el autor estaríamos ante un ejercicio complaciente de permanecer idénticos a nosotros mismos, una inercia no ética. Porque una conducta ética impone interrumpir esa autorreferencialidad cuando aparece el Otro necesitado: El menesteroso es el único capaz de sacudirme y cuestionarme, de “sacarme de mis casillas”[6].

¿Cómo se responde al llamado ético? ¿Cómo se atiende el reclamo de quienes necesitan de los magistrados?

Como se expuso, tensionar al límite los valores que los jueces se reconocen a sí mismos para llevarlos al nivel de la excelencia no resuelve el pedido de quienes Lévinas llama “los menesterosos”, los que acuden en espera de ayuda. En este caso, una sociedad que tiene a la inseguridad entre las primeras causas de preocupación o, dicho de manera más simple: una sociedad que tiene miedo. El miedo es un gran desintegrador social y abre las puertas de la violencia. La prevención de los delitos no es responsabilidad del Poder Judicial, la pacificación de la sociedad sí.

La incertidumbre (que a veces tiene caras concretas como el miedo a la aparentemente imparable violencia contra las mujeres) se traduce en un grito que debe sacudir éticamente a las instituciones, y entre ellas muy especialmente a los jueces, porque son quienes intervienen cuando todo lo demás fracasó. Los valores judiciales no alcanzan para vincular a los magistrados con ese grito; para que se produzca la conexión entre los magistrados y los Otros, hace falta algo más: la vulnerabilidad. “La vulnerabilidad es la obsesión por el otro o la aproximación del otro. Es para el otro, desde detrás del otro, del excitante. Aproximación que no se reduce ni a la representación del otro, ni a la conciencia de la proximidad”[7].

El concepto de “vulnerabilidad”, que fue introducido en el primer capítulo de este libro, regresa de la mano de Lévinas cargado de nuevos sentidos. Detengámonos en este concepto, para analizarlo desde dos abordajes complementarios, el de Brené Brown y el de Emmanuel Lévinas.

Brené Brown, en una charla TED muy conocida[8] plantea el problema de la “conexión con los demás”. A partir de una extensa investigación descubrió que el factor determinante de la posibilidad de vincularse en profundidad con otras personas es la vergüenza. Explica que la vergüenza se activa a partir de dos preconceptos: las idea de que “existe algo en mí que si otros lo saben o ven no seré digno de conexión” y de que “no soy suficiente bueno” (por ejemplo, para ocupar el lugar que ocupo). “Lo que les puedo decir es esto: es universal, todos lo sentimos. Las únicas personas que no sienten vergüenza son las incapaces de sentir empatía o conexión humana”, destaca Brown.

Quienes consiguen establecer conexiones significativas son aquellos que tienen el coraje de dejarse ver. “Lo que tenían en común era un sentido de coraje. Y quiero diferenciar entre coraje y valentía por un momento. Coraje, cuando se integró a la lengua inglesa, viene de la palabra latina ‘cor’ que significa corazón, originalmente significaba explicar la historia de quién eres con todo tu corazón.

Así que estas personas, sencillamente, tenían el coraje de ser imperfectas. Tenían la compasión para ser amables con ellas mismas primero y luego con otros, pues no podemos tener compasión de otros si no podemos tratarnos a nosotros mismos con amabilidad. Y, por último, tenían conexión, y esta era la parte difícil, como resultado de su autenticidad. Eran capaces de renunciar a quienes pensaban que debían ser para ser lo que eran, que es absolutamente lo que se tiene que hacer para conectar.”[9]

A la luz de esta investigación podemos empezar a pensar de otra manera las dificultades de los poderes judiciales para comunicarse con los ciudadanos y ser valorados por ellos. Toda la comunicación judicial centra sus esfuerzos en disimular los defectos y no admitir los errores de la judicatura. Sumemos las distancias y los rituales, las estéticas y los estilos discursivos barrocos, las infraestructuras y la resistencia a medir y evaluar el trabajo y sus resultados. El problema de todo eso no es (solamente) que aleja a los ciudadanos. Brown lo explica: bloquea la capacidad de escucha y empatía. “Insensibiliza”, dice. Antes de alejar a los ciudadanos aleja a quienes trabajan de jueces, fiscales y defensores de su realidad, los obliga a sostener la ficción de que son especiales, mejores y más valiosos. De que no pueden o no deberían equivocarse o dejar ver que se equivocaron. No hay conexión sin vulnerabilidad, sin aceptación de los límites propios, los defectos y los problemas, y la disposición a no ocultarlos. Esta idea de que para que exista conexión debemos dejarnos ver, que nos vean de verdad.

Sin conexión con los ciudadanos no hay comunicación, ni comunicación judicial. Estamos trabajando para desconectarnos de los ciudadanos y no entendemos por qué tenemos índices tan bajos de confianza e imagen institucional.

Emanuel Lévinas dice algo más, afirma que es esa conexión la que termina de configurar la identidad: “En el acercamiento del otro, en el que el otro se encuentra desde un comienzo bajo mi responsabilidad, ‘algo’ ha desbordado mis decisiones libremente tomadas, se ha escurrido en mí, a mis espaldas, alineando así mi identidad”.[10] Tomemos la cuestión de Género para ver cómo resuena ese pasaje. Hay un rol de liderazgo que se le reclama al Poder Judicial. Es el de liderar un cambio que todavía no tiene claros sus bordes. Aplicar la ley con perspectiva de género es salir de lo que era, de lo que venía siendo, para ayudar al Otro (a la Otra). Ahora, por ejemplo, “abuso” quiere decir más cosas, porque se desnaturalizó la situación de partida en la relación entre varones y mujeres. Para advertir que lo que parecía “paridad” era asimetría naturalizada es necesario conectar con quienes están padeciendo esa inequidad y ser capaces de vincularse con el fondo de esa situación. El juez que falla con perspectiva de género no es el mismo de antes, la conexión con la Otra alineó su identidad. La Ética le exige dejar de alinearse con su concepción del “juez ideal” y permitirse ser quien los necesitados de él requieren que sea.

¿Qué tiene que ver esto con la Comunicación Judicial?

La idea de que la ética se juega en los efectos en Otro aproxima lo que de distintas maneras se propone en estos textos: la comunicación judicial efectiva solamente puede realizarse a partir de las necesidades y de las expectativas de los ciudadanos y de la identificación entre estas con el trabajo de los jueces. Una comunicación que se piensa mirando, primero, fuera del Poder Judicial y que se evalúa por sus efectos en los ciudadanos, medidos en términos de imagen pública, que es legitimación, que es pacificación social.

La Comunicación Judicial también se mira en el espejo. Seguimos haciendo comunicación sin los ciudadanos. Tenemos una cantidad desproporcionada de mecanismos de difusión respecto de los dispositivos de escucha. No hacemos grupos focales ni escuchamos a los ciudadanos sin agenda (que no es lo mismo que hacer encuestas cuyas preguntas redactamos de acuerdo con nuestro imaginario y necesidades). En 2002, en medio de las crisis, se puso en marcha lo que se conoció como el Diálogo Social Argentino, reuniones temáticas para encontrar soluciones y establecer prioridades de atención a los múltiples problemas derivados del colapso económico, político y social. Fui convocado a una mesa de discusión sobre la Pobreza.

Éramos cerca de 40, entre profesionales de las ciencias sociales, funcionarios, expertos en desarrollo humano, etc. Lo que no había era pobres. Ni uno. Ni la ética ni la comunicación judicial pueden permitirse una omisión como esa. Sin embargo, quienes nos ocupamos de la comunicación todavía no trabajamos para que el 50% de quienes están detenidos, que no han completado la educación primaria, nos entiendan. Es la Comunicación Judicial atrapada en su universo, sin “los Otros”.

Reflexiones finales

En las citas escogidas, que pertenecen a distintas obras de Emanuel Lévinas, existe el llamado a salirse del centro, de poner a los Otros en el centro y animarse a ir a la periferia para ayudar a los que sufren. Lévinas habla de desarraigo: “Toda palabra es desarraigo. Toda institución razonable es desarraigo. La constitución de una verdadera sociedad es desarraigo, el final de una existencia en la que el ‘en sí mismo’ es absoluto, en la que todo proviene del interior.”[11]

Cada vez que el Poder Judicial se abre a los ciudadanos y los incorpora a las decisiones su reputación mejora: sucede con los juicios por jurados, las medidas alternativas de resolución de conflictos, etc. Pero insiste en cerrarse sobre su imaginario, sobre el Ser que imagina que es. Se mantiene en una autorreferencialidad que solamente contribuye a dañar su imagen pública. Lévinas es duro: “La muerte vuelve insensata toda la preocupación que el Yo quisiera tomar por su existencia y su destino. Una empresa sin salida y siempre ridícula: nada es más cómico que la preocupación por sí mismo de un ser condenado a la destrucción; tan absurda como aquel que interroga, para actuar, a los astros, cuyo veredicto no tiene apelación. Nada es más cómico o más trágico. Pertenece al mismo hombre ser figura trágica y cómica. Pero la responsabilidad pre-original por el otro no se mide en el ser, no está precedida de una decisión y la muerte no puede reducirla al absurdo”.[12]

La Ética de la responsabilidad por el otro no nace de la condición de juez, ni depende de una decisión voluntaria, es anterior a ambas y las trasciende. “Es a pesar de mí que el Otro me concierne”. Los magistrados ejercen esa responsabilidad ética universal desde un rol institucional que les fue asignado y que aceptaron, como el resto de los ciudadanos la ejerce desde otros. No hay nada especial en eso y debería ejercitarse, como dice el filósofo, “sin recoger el mérito de sus virtudes y de sus talentos, incapaz de recogerse para acumularse y así hincharse de ser”. Esto une al lituano con el pensamiento de Brené Brown: no son los méritos sino la vulnerabilidad exhibida lo que permite establecer vínculos significativos.

Los ciudadanos no esperan más de lo que se les promete, por eso el Poder Judicial debe dejar de prometer Justicia y de presentarse como un espacio excepcional. Se esfuerza demasiado por destacar los modales que ya tiene y cuya exaltación no pocas veces resulta inadecuada. Lo diremos una vez más: el camino para mejorar su imagen pública y para pacificar la sociedad es dejarse ver y aceptar sus errores. Nadie va a espantarse por eso. “No somos ingenuos. Sólo queremos que sean auténticos y reales y que digan ‘lo sentimos, lo arreglaremos’”, declara Brown.

El sentido de incorporar el abordaje de Lévinas es ensanchar los desafíos de la ética judicial, tomando lo que propone un documento del peso y el valor del Código Iberoamericano y adosándole otro plano, que no desmiente ni pone en entredicho lo que allí se afirma, sino que lo complementa y enfatiza, al subrayar mandatos éticos, tal vez sintetizados en esta frase: “Cierto es que podemos responder a la llamada del otro como queremos —incluso no responder—, pero no tenemos el poder de negar esta llamada y rechazar la responsabilidad”.[13]

Kevin Lehmann es Sociólogo y Licenciado en Ciencias Políticas (Univ. Complutense, Madrid). Actualmente es asesor de comunicación de la Federación Argentina de la Magistratura, Vocero del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires y Codirector de la Diplomatura en Comunicación Judicial de la Escuela de Capacitación Judicial. Es autor del libro “Comunicación judicial. El poder judicial como actor en el espacio público”.

Notas al pie:

[1] Código Iberoamericano de Ética Judicial. Reformado el 2 de abril de 2014 en la XVII Reunión Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana, Santiago, Chile.

[2]Lévinas, Emmanuel. La balsa de la Medusa, Madrid, 1991.

[3]Lévinas, Emmanuel, op. cit., p.13

[4]Palabras de Jesús María Ayuso Díez, en el Prólogo del libro Ética e infinito, de Emmanuel Lévinas.

[5]Lévinas, Emmanuel, op. cit. p.13

[6]Jesús María Ayuso Díez, en el Prólogo del libro Ética e infinito, de Emmanuel Lévinas.

[7]Idem.

[8]Brené Brown. Charla dictada en junio de 2010, en TEDxHouston, se titula “El poder de la vulnerabilidad” y puede verse acá: https://www.youtube.com/watch?v=iCvmsMzlF7o

 Brown, Brené, Frágil. El poder de la vulnerabilidad, Urano, Barcelona, 2013.

[9]Citado de la charla anteriormente mencionada.

[10] Emmanuel Lévinas, op. cit., p. 121.

[11] Levinas, Emmanuel, op. cit., p. 24.

[12] Levinas, Emmanuel, Humanismo del otro hombre, Siglo XXI Editores, México, 1993, p. 109.

[13]Begrich, A. “Encuentro con el otro según la ética de Levinas”, en Revista Teología y cultura, vol. 7, año 4, agosto 2007, pp. 71-81.