Senadores de Juntos por el Cambio presentaron un amparo ante el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal para declarar “inconstitucional y nulo” el decreto 14/2020 que prorrogó el protocolo de sesiones remotas de la Cámara de Senadores. El oficialismo denuncia “judicialización de la política”. Tramita en el juzgado 9 a cargo del magistrado Pablo Caysssials con el patrocinio de Ricardo Gil Lavedra y Antonio María Hernández. En abril, Cristina Kirchner había presentado una acción declarativa de certeza ante la Corte Suprema.

El primer round se jugó ante la Corte Suprema que dio precisiones aunque rechazó la acción presentada en ese caso por la presidenta del Senado. Entre los tres aspectos destacados en esta nota de Tiempo Judicial, los ministros resaltaron "la continuidad de la tarea de legislar del Congreso de la Nación resulta absolutamente esencial para el normal desarrollo de la vida constitucional de la Argentina; la autonomía y la división de poderes que establece la Constitución Nacional, así como que la inédita situación planteada como consecuencia de la proyección de la pandemia hacia la vida institucional del país amerita que este Tribunal formule algunas consideraciones adicionales, invocando el principio de colaboración ínter-poderes en función del cual aunque cada rama tiene algunas atribuciones exclusivas, deben asistirse, complementarse y controlarse entre sí”. 

El siguiente round se empezó a jugar hoy, cuando los senadores de la oposición, Luis Petcoff Naidenoff y Humberto Schiavoni, se presentaron ante el fuero federal en el palacio de Tribunales para promover una acción de amparo contra la “Honorable cámara de Senadores de la Nación” con el objeto de que el juez interviniente “declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del Decreto de la Presidencia del H. Senado de la Nación N° 14/2020 (DP14)”.

El “DP14” se votó el miércoles y es el protocolo de funcionamiento de forma virtual del Senado. El reclamo de los senadores opositores es que este protocolo ya venció y por eso el Senado no puede continuar funcionando de esta forma remota, sino se aprueba con los votos de los dos tercios de los senadores, y no con mayoría especial. JxC entiende que es una modificación del reglamento, y el oficialismo dice que no, que es solo un protocolo de funcionamiento virtual.

También en la demanda a la que accedió Tiempo Judicial, los senadores de JxC solicitaron que también la Justicia considere nula e inconstitucional la “decisión de la presidencia del cuerpo a cargo de Cristina Kirchner de hacer constar en el acta de la sesión especial del día 16/09/2020 una supuesta convalidación por el pleno del cuerpo del DP 14 y de la Resolución del H. Senado de la Nación DR-148/20, todo por medio de lo cual se pretende prorrogar las sesiones “remotas o virtuales” por el plazo de 60 días”.  

Todo ello porque la aprobación de la prórroga de estas “sesiones remotas o virtuales” implican “sustanciales modificaciones al Reglamento de la Cámara de Senadores de la Nación cuando ello no reunió los votos necesarios para ser aprobada” según el art. 227 de ese mismo Reglamento.

"En síntesis: la Presidencia reconoce y sabe que no puede prorrogar las sesiones remotas per se, sino que tiene que hacerlo el pleno de la Cámara, porque ello implica una reforma al Reglamento. Y toda reforma requiere dos tercios de los votos", explica la demanda que se presentó hoy ante la Justicia.

La respuesta no tardó en llegar desde las redes de la vicepresidenta y presidenta del Senado en el cual acusaron a la oposición de “judicializan la política porque no aceptan las reglas del juego democrático”, sentenció Cristina Kirchner replicando un comunicado del bloque se senadores del Frente de Todos.

El bloque oficialista comunicó que el “protocolo de sesiones remotas que ahora el macrismo objeta, pero que antes validó, es el que permitió al Senado mantenerse en funcionamiento durante la pandemia”. Y dieron números: desde el 20 de marzo, el Senado realizó 12 sesiones remotas, sancionó 15 leyes, aprobó 23 proyecto de ley con medias sanciones, y se pronunció sobre 47 DNU y decretos de facultades especiales.

En síntesis, la demanda está recién ingresada en el juzgado 9 en el Contencioso Administrativo Federal a cargo del magistrado, Pablo Cayssials, que también subroga el juzgado 7.