Luego de una semana donde las miradas del arco político y judicial se centraron en la Corte Suprema de Justicia, que hizo lugar al recurso por salto de instancia presentado por Leopolgo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli con motivo de sus traslados, durante la noche del sábado el Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, dictaminó a favor de los magistrados.
La noticia se conoció unas horas después de la repercusión política que se generó a raíz de que la diputada nacional e integrante del Consejo dela Magistratura de la Nación, Vanesa Siley, informara que presentó un pedido de juicio político al presidente del máximo tribunal de Justicia, Carlos Rosenkrantz.
En el dictamen de la causa de Bruglia y Bertuzzi, Casal cuestionó la Resolución 183/2020 aprobada por el Consejo de la Magistratura de la Nación que remitió al Poder Ejecutivo los antecedentes de los traslados de jueces y juezas que no contaban con acuerdo del Senado. En consecuencia, consideró que esa acción “causó efectos directos sobre la situación jurídica de los actores" y un agravio concreto que los condujo a iniciar una presentación judicial.
“Está claro que ese acto no fue una mera recomendación, pues de maner a obligada el Poder Ejecutivo y, en su caso, el Senado, deb ían revisar los actos de traslado de los jueces demandantes”, sostuvo.
También, subrayó que el caso “suscita una cuestión constitucional trascendente dado que, a través del procedimiento impugnado, los demandantes, jueces de la Nación, se encuentran hoy en la delicada circunstancia de haber sido removidos de la sede en que ejercían desde hace años su magistratura, pese a no haber ocurrido la condición establecida por el artículo 99, inciso 4° de la Constitución Nacional o tenido lugar el procedimiento que ella prevé como única vía para poner fin a su mandato inamovible”.
En otro de los párrafos, objetó que el Consejo de la Magistratura de la Nación contempló a nivel reglamentario el traslado de jueces con carácter permanente y que si bien puede cambiar su interpretación sobre el tema, “ello no autoriza a revisar con carácter retroactivo decisiones ya adoptadas”.
Por otra parte, hizo un análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la garantía de la inamovilidad que tienen los jueces. “En mi opinión, es imposible conciliar tal propósito con una práctica de los órganos encargados de la selección y nombramiento de los jueces como la que se cuestiona en esta causa”, concluyó Casal.
Si bien el máximo tribunal de Justicia aceptó tratar el recurso por salto de instancia presentado por Leopolgo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, aún resta que se pronuncie sobre el fondo de la cuestión. El Consejo de la Magistratura ya contestó el traslado y el Procurador presentó su dictamen, que no es vinculante. Ahora, se espera la decisión final de la Corte.
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