El titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 9, Pablo Cayssials, admitió tramitar una acción colectiva presentada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), en la cual consideraron que hay una “discriminación” en los descuentos a diferentes trabajadores y trabajadoras judiciales al aplicarse el impuesto a las ganancias sobre su salario.
En el escrito, el titular del gremio Julio Piumato, explicó que se ve afectada la garantía de igualdad y el derecho a una igual remuneración por igual tarea, consagrados en los artículos 16 y 14 bis, de la Constitución Nacional.
“Existen graves discriminaciones en torno a la aplicación del Impuesto a las Ganancias motivadas en la circunstancia de que -dentro del mismo Poder Judicial- el impuesto se aplica de forma más gravosa a determinados empleados y funcionarios y afiliados”, expresó la demanda colectiva del gremio.
En ese sentido, el juez Cayssials avaló el pedido del gremio y pidió que la causa se anote en el Registro Público de Procesos Colectivos y que fue una acción fue iniciada por la “UNIÓN DE EMPLEADOS DE LA JUSTICIA NACIONAL, contra el Estado Nacional – Poder Judicial de la Nación, el Consejo de la Magistratura de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva”.
En este sentido, el juez expresó en su fallo que el gremio solicitó el “cese de una conducta discriminatoria” para un grupo de empleados y funcionarios judiciales respecto de la aplicación del impuesto a las ganancias en sus salarios.
“Es una situación de irrazonable discriminación respecto de una categoría de empleados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación, dado que a aquellos dependientes que se encuentran bajo la órbita administrativa del Consejo de la Magistratura de la Nación se les aplica el gravamen desde el 1/1/19, con importantes desgravaciones y deducciones, mientras que a los funcionarios y empleados que se encuentran bajo la órbita de la Corte Suprema de Justicia de la Nación les aplica el Impuesto a las Ganancias sin desgravación o deducción alguna”, expone la acción colectiva de la UEJN.
De este modo, el gremio pidió que aplique la Resolución Nº 8/19 del Consejo de la Magistratura de la Nación a los asalariados que se encuentran bajo la órbita de la Corte Suprema del mismo modo en que se aplica a todos los demás funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación. Y la devolución de las sumas retenidas indebidamente.
Por este motivo, el juez federal declaró formalmente admisible la acción colectiva intentada por la Unión de Empleados de la Justicia Nacional, en resguardo de los intereses de todos los funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación. Fallo cortesía de "Palabras del Derecho"
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