La agrupación de jueces y fiscales, Justicia Legítima, emitió un comunicado en el cual manifiesta que “no existe ninguna habilitación constitucional ni legal (o sea infraconstitucional) para traslado alguno” de los magistrados nacionales y federales. “Esta forma de amañar la composición, viola la Constitución Nacional, use quien la use”, agregó la entidad presidida por la ex fiscala y actual interventora de la AFI, Cristina Caamaño y quien es su referente histórica es la ex jueza María Laura Garrigós y el juez Alejandro Slokar, entre otros.
Justicia Legítima entiende que “la Constitución Nacional es la que establece el mecanismo complejo actual de designación de magistrados, con requisitos de orden técnico-político, que establece la intervención del Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado de la Nación”.
Y entiende que “no existe ninguna habilitación constitucional ni legal para traslado alguno” en clara referencia a los traslados realizados durante el gobierno de Macri de manera automática y recurrente.
En este sentido, este medio pudo comprobar que se realizaron desde el 98 hasta el día de hoy 51 traslados de jueces. Es decir, desde que empezó a funcionar el Consejo de la Magistratura de la Nación, creado por la reforma constitucional de 1994. El primer traslado fue el de la jueza Marta A. Yungano, pero no era jueza federal sino criminal y correccional.
Entre 2008 y 2015, se produjeron un total de 13 traslados de magistrados o magistradas, mientras que entre 2016 y 2019 se llevaron a cabo un total de 21 traslados de jueces y juezas. La polémica se suscitó cuando la mayoría oficialista del Consejo de la Magistratura de la Nación decidió emitir la resolución 183 de este año en la cual decidió revisar 10 de esos traslados, todos de jueces federales.
Tres de esos jueces, BBC, decidieron judicializar la cuestión y la Corte Suprema hace casi un mes evalúa su decisión tras aceptar el per salum o salto de instancia.
Hoy, Justicia Legítima en la víspera de un fallo demorado se pronunció en contra citando fallos históricos de juristas y ex miembros de la Corte. Citó Jorge Antonio Bacqué en los ochenta, explica el comunicado que "en el precedente Del Castillo decía que dada la tarea de reflexión y aquilatamiento depositada en el Senado de la Nación y el especial énfasis dado por los constituyentes a la tarea de designación de un juez, el acuerdo otorgado esta circunscripto a los estrictos términos en que fue prestado, porque lo contrario violaba el básico principio de división de poderes".
Y a Enrique Petracchi, en el precedente “Del Valle Puppo” que señaló que el "traslado no está previsto en ninguna parte de la Constitución Nacional y cualquiera sea la expresión se use en un Decreto, se está produciendo un nuevo nombramiento, contrario a la misma”.
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