Luego de dictar el fallo en la causa de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, el máximo tribunal de Justicia le otorgó a Germán Castelli una medida cautelar y ordenó que se suspenda la resolución que dictó el Consejo de la Magistratura sobre los traslados. El magistrado seguirá en el TOCF N°7 de la Capital Federal hasta que se resuelva la cuestión de fondo. 

Cabe recordar que el plenario aprobó la Resolución 183/20 que remitió al Poder Ejecutivo los antecedentes de una serie de traslados que no contaban con acuerdo del Senado. En consecuencia, el Poder Ejecutivo envió los pliegos de ese grupo de magistrados y la Comisión de Acuerdos los trató en audiencia pública. 

Sin embargo, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli se ausentaron porque habían iniciado acciones judiciales para que se declare la inconstitucionalidad de esa resolución. Luego, el Senado les rechazó el acuerdo y Alberto Fernández anuló el decreto de Mauricio Macri que había dispuestos sus traslados. 

En el caso de Bruglia y Bertuzzi, ambos integrantes de la Sala I de la Cámara Federal porteña, la jueza federal Alejandra Biotti rechazó el amparo. Si bien apelaron para que la Cámara Contencioso Administrativa entienda en la cuestión, también presentaron un recurso por salto de instancia para que directamente intervenga la Corte Suprema. 

Castelli solicitó como medida cautelar que se suspenda los efectos de esa resolución hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada en el amparo. Sin embargo, la jueza federal Macarena Marra Giménez rechazó esa pretensión. En consecuencia, presentó un recurso por salto de instancia. El máximo tribunal de Justicia le otorgó una medida cautelar y ordenó que se suspendan los efectos hasta tanto se dicte una sentencia definitiva en el caso. Por lo tanto, por el momento el magistrado podrá seguir frente al TOCF N°7. 

Cabe tener presente que en el fallo que dictó la Corte el pasado martes en el marco de la causa de Bruglia y Bertuzzi, enfatizó que los traslados no son definitivos y que el único mecanismo para la designación de jueces es el que establece la Constitución nacional.

Asimismo, resolvió que todos los jueces que han sido trasladados continuarán en esos cargos y gozarán de la garantía de inamovilidad “hasta el momento en que sean designados por nombramiento los magistrados que ocupen de modo definitivo dichos cargos, luego de cumplido el proceso constitucional”.