La jueza Macarena Marra Giménez, subrogante del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°12, rechazó el amparo que había presentado Germán Castelli con el objetivo de que su traslado al TOCF N°7 de la Capital Federal se considerara como una designación definitiva. En consecuencia, el magistrado presentó un recurso de apelación y cuestionó la decisión.
En la sentencia Marra Giménez retomó los argumentos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación utilizó en el fallo de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. Allí el máximo tribunal sostuvo que los traslados de jueces son transitorios y no pueden considerarse como una designación definitiva, ya que eso resultaría violatorio del procedimiento previsto por la Constitución Nacional para la designación de jueces y juezas.
Asimismo, la Corte declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 183/20 del Consejo de la Magistratura de la Nación que le remitió al Poder Ejecutivo los antecedentes de una serie de traslados que, a criterio de ese órgano constitucional, presentaban algunas irregularidades.
En su amparo Castelli también pidió que se declare la inconstitucionalidad de esa resolución. Tras el rechazo de la acción, presentó un recurso de apelación y pidió la nulidad de la sentencia.
Tiempo Judicial accedió a esa presentación en la que el magistrado consideró que la decisión de la jueza fue arbitraria y sostuvo que “la pobreza argumental del fallo lo descalifica como acto jurisdiccional válido”.
Por otra parte, argumentó que “la decisión de la Corte de prohibir los traslados como definitivos, no fue establecida a futuro sino hacia el pasado más profundo y colocando al propio Estado en situación de error crónico”.
“Muchas personas trasladadas se jubilaron o fallecieron en la creencia de ocupar sus cargos en forma definitiva. Y es evidente la inquietud que el fallo genera en muchas personas trasladadas que no formaron parte de la cuestión judicial y que dependen de la mirada del Consejo de la Magistratura sobre sus casos -que puede variar según su composición- y mantener así la incertidumbre”, completó.
Es por eso que enfatizó “la necesidad” de un fallo de Cámara que, de ser favorable a su caso, “también extenderá sus efectos tranquilizadores en otros supuestos equivalentes, más allá de sus propias particularidades”.
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