La semana pasada, por primera vez en la historia, juró el primer Defensor Público de Víctimas del país, cargo que llegó impulsado por la Ley de Víctimas 27.372. El funcionario que hizo historia es Carlos Nicolás Escandar y ejercerá su función en la justicia nacional y federal con asiento en la provincia de Salta. Según la normativa, se espera que prontamente sea replicado en todas las provincias argentinas.

El 13 de julio de 2017 el Congreso de la Nación aprobó la ley 27.372 de los Derechos y Garantías de las Víctimas de Delito que estableció que las personas que sufren un delito tienen derecho a ser asesoradas, acceder a la justicia, recibir protección y a ser escuchadas durante el proceso penal y en la etapa de ejecución de la pena. Para eso, los legisladores previeron que las víctimas que no tengan medios económicos o que por algún otro motivo sean vulnerables cuenten con asistencia jurídica gratuita, que incluye los servicios de un abogado para defender sus derechos y para ser querellantes.

La ley 27.372 también creó en el ámbito del MPD también denominada Defensoría General de la Nación, presidida por Stella Maris Martínez, un total de 24 cargos de defensor público de la víctima -uno por cada provincia más uno por la C.A.B.A., mientras que la norma, además, prevé que estos magistrados reciban la colaboración de los defensores públicos coadyuvantes del MPD en el ejercicio de las funciones a fin de asegurar una efectiva prestación del servicio.

En su discurso previo a la toma del juramento, la defensora general de la Nación sostuvo que “este es un día histórico para el Ministerio Público de la Defensa de la Nación (MPD) y para el país porque asistimos a la jura del primer defensor público de víctimas. Esta es una figura pionera que no existe en los sistemas de justicia de ninguna provincia ni en ningún otro lugar de Hispanoamérica".

¿De qué trata este nuevo cargo y qué funciones implica?

Mi cargo se asemeja mucho a lo que haría un abogado particular al constituirse como parte querellante, pero un poco también excede esta figura porque el defensor tiene una importante acción de asesoramiento y de acompañamiento, que por ahí el abogado particular no la tiene.

El abogado particular en la enorme mayoría de los casos tiene en sus funciones querellar. Nosotros además de eso podemos hablar con víctimas que quizás no quieran constituirse en querellantes, porque ese proceso algunas veces implica alguna revictimización, o porque solamente quieren mantenerse informados de lo que sucede en el proceso.

¿Se espera que el cargo se aplique en otros territorios?

Esto es una derivación de la Ley de Víctimas, y la ley prevé que haya un defensor público en cada una de las provincias y un defensor público de víctimas en la ciudad Autónoma de Buenos Aires. La mayoría de los concursos ya están hechos y las mayorías de las ternas ya están elevadas al poder ejecutivo. Incluso, Hay una defensora que ya está designada como defensora de víctima de la provincia de Buenos Aires, pero aún ella no juro por cuestiones personales, pero va jugar ahora el 28 de diciembre.

¿Y cuál es el motivo por el que usted es el primero?

Quizás tiene que ver con que el nuevo Código Procesal Federal que se está implementando en Salta y Jujuy como un gran piloto. Por qué el defensor de víctimas tiene competencia Federal. El nuevo código reconoce un rol muy protagónico en cuanto a las víctimas en diferentes aspectos a diferencia del antiguo código, que conocemos como Código Procesal Penal de la Nación.

¿Ahora se pone un mayor foco en las víctimas?

Acá la víctima incluso tiene la facultad de querellar en solitario. Es decir, que si el fiscal desestima una investigación la víctima tiene 60 días para constituirse en querellante y proseguir en solitario, sin la participación del fiscal, y esto es una novedad. Esperamos que, más temprano que tarde, haya incluso en Capital Federal un defensor de la víctima. Pero va a depender de los tiempos de la política, de que el presidente envié los pliegos, que se haga el tratamiento y sean designados y puestos en funcionamiento.

¿Qué espera con el rol que asumió?

Yo tengo muchísima expectativa porque creo que es un cargo muy interesante. Como te dije, no se agota únicamente en la querella sino también en el asesoramiento, en derivaciones y acompañamiento de víctimas. Yo creo que este cargo tiene una especial importancia en la implementación del sistema acusatorio, que también paulatinamente deberá extenderse a todo el territorio nacional. Este sistema pone a la víctima en el centro de la escena y pone como una de las funciones esenciales del proceso penal la solución de los conflictos.

Sería una forma de que la víctima no sólo se conforme con la condena…

Si uno quiere solucionar conflictos hay que tener en cuenta la visión de la víctima, la perspectiva y que también tenga alguna satisfacción en lo que el proceso penal resuelve. Que no se agote en una actuación pura de la ley o una actuación en nombre del Estado, sino que el proceso sirva para que la víctima salga, no igual porque muchas veces los delitos son tan terribles que una persona nunca va a ser la mismo después del trauma, pero sirve para que eso se transforme y pueda salir algo mejor de esto. Si gastamos un montón de dinero en funcionarios, en sistemas judiciales, en cárceles, que todo eso sirva para que los conflictos por lo menos se reconfiguren.