Es en la acción declarativa de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno porteño para volver a las clases presenciales en la cual cuestiona el DNU 421/2021 y pide que se declare inconstitucional. Va por separado de la otra causa que tramita en la justicia de C.A.B.A. y ya tuvo sentencia favorable a Horacio Rodríguez Larreta.
En una resolución de dos fojas la Corte Suprema de Justicia de la Nación en línea con lo dictaminado por la procuradora Fiscal, y con la firma de cuatro de cinco ministros dijo que la “causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional)”.
Fue firmada por el presidente Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosati, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti quienes entendieron que la “presente causa corresponde a la competencia originaria de esta Corte”.
Y sin más dilaciones, decidieron correr traslado de la demanda al Estado Nacional que tendrán un plazo de 5 días para contestar demanda y que el expediente se sustanciará por las normas del proceso sumarísimo (artículo 322, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En disidencia fue el voto de la jueza Elena Highton de Nolasco que entendió que “corresponde concluir que la Ciudad de Buenos Aires no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria de esta Corte”.
La ciudad está representada en esta causa por los abogados Diego Sebastián Farjat y Pablo Martín Casaubon, con el patrocinio letrado del Director General de Asuntos Institucionales y Patrimoniales de la Procuración General, Fernando José Conti, y del Procurador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Gabriel María Astarloa.
Movida del Gobierno
Con un fallo en contra de la justicia porteña que avaló las clases presenciales que hoy volvieron, el procurador del Tesoro, Carlos Zannini, busca por otra vía que el fuero federal también tenga intervención para que en definitiva sea la Corte quien defina por la vuelta o no de las clases presenciales en el AMBA.
¿Cómo? Zannini presentó ante el juzgado federal 2 del fuero Contencioso Administrativo Federal un pedido de inhibitoria. Esto quiere decir, que el juez federal tiene que decidir si interviene y le solicita a la Justicia porteña el expediente donde se resolvió la vuelta a las clases presenciales.
Este fallo lo resolvió la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires, que desconoció el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 241/2021 y falló a favor de la presencialidad en las clases en el distrito porteño.
"Se solicita el levantamiento de dicha medida, por mediar nulidad por falta de competencia, a más de no encontrarse reunidos los requisitos para su dictado y ser la Resolución, un acto de suma gravedad institucional que pone en riesgo la salud general", se consignó en el escrito de 64 carillas que presentó Zannini ante el juzgado federal que busca “sacarle” la causa "PALACIOS, MARIA SOLEDAD CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA - QUEJA POR APELACION DENEGADA" Expediente 108437/2021-1 a los tres camaristas porteños: Marcelo López Alfonsín, Laura Perugini y Nieves Macchiavelli, hicieron lugar a la queja que pedía que vuelvan las clases presenciales.
Comentarios recientes