El Juzgado en Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Alejandra Petrella, ordenó suspender el cobro de dicho impuesto aceptando la medida cautelar presentada por el legislador porteño del Frente de Todos, Juan Manuel Valdés, y Rodrigo Puértolas “debiendo la demandada (GCBA) arbitrar los medios necesarios para que las entidades bancarias intervinientes tomen conocimiento de lo que aquí se resuelve. Ello, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.
"La creación de nuevos impuestos no puede ser moneda corriente en el distrito con más recursos del país", expresó el legislador porteño Valdés, quien cuestionó el nuevo impuesto del 1,2 por ciento que fue aprobado en la Legislatura porteña, con votos del oficialismo y aliados, en diciembre de 2020.
Se trata de una "alícuota del 1,2% que recae sobre todas las operaciones que se abonen con las tarjetas de crédito, como compras, pago de impuestos o servicios, sean en cuotas o en un solo pago", explicó la jueza en los considerandos de su resolución.
El fallo de ayer suspende momentáneamente el cobro del impuesto hasta que se dicte una sentencia definitiva pese a que el Gobierno porteño ansiado de fondos apelará la decisión de esta magistrada de primera instancia.
En su fallo, Petrella explicó que en la sentencia de fondo “deberá analizarse la legitimidad del impuesto, y de las pruebas aportadas a la causa surge que los actores lo han venido abonando, motivo por el cual el perjuicio alegado ya se encuentra configurado”.
Además, explicó que la alícuota puesta en marcha desde este año por el Gobierno porteño a través del régimen establecido en la resolución 282/2020 “dicho impuesto será percibido mes a mes con los respectivos resúmenes de las tarjetas de crédito incrementando el perjuicio económico de ambos”.
Por este motivo, la magistrada avaló la medida cautelar porque “dicha circunstancia (NdR: el cobro mensual del impuesto) deja a la vista y permite fundar el requisito del peligro en la demora porque de no proteger su derecho patrimonial, éste se podría ver perjudicado durante el tiempo que insuma el trámite de la presente acción de amparo”.
El legislador demandante agregó que la resolución es un "fuerte antecedente que destaca la ilegitimidad del impuesto", y aseguró que pretende darle un carácter colectivo a la medida, invitando a "vecinos y organizaciones sociales y de consumidores para que participen del proceso judicial".
Comentarios recientes