Ernesto Alonso, integrante del Centro de ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata sostuvo que el fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que anuló investigar las torturas ocurridas durante la guerra de Malvinas, es una “aberración jurídica”.
“La dictadura militar para nosotros todavía no terminó”, dice y recuerda que “hay sectores que intentan consolidar la impunidad. Son sectores de la justicia que están vinculadas al negacionismo”. Tanto el CECIM como la Comisión Provincial por la Memoria, y la secretaria de Derechos Humanos de la provincia se preparan para ir a la Corte Suprema.
La cámara, con los votos en mayoría de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña y la disidencia de Ana María Figueroa, anuló el fallo que declaraba la imprescriptibilidad de los delitos cometidos contra soldados durante la guerra de Malvinas. Se hizo lugar a lo planteado por la defensa del ex militar Jorge Eduardo Ferrante y anuló la decisión adoptada por la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que ordenaba la continuación de la investigación ante las graves violaciones a los derechos humanos.
“Las victimas están destruidas, tenían un piso de esperanza, se van a cumplir 40 años de los hechos. Hay un responsabilidad de las instituciones de la democracia que no están acompañando a las víctimas”, contó a Tiempo Judicial Alonso y anticipó que irán a la Corte Suprema. Solo la jueza Figueroa sostuvo que “frente al tenor y gravedad de los hechos, el Estado Argentino se encuentra obligado convencionalmene a investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables y no oponer normas internas que lo obstaculicen, encontrándose comprometida su responsabilidad ante la comunidad internacional”. Pero la jueza quedo en soledad en sus argumentos y prevalecieron los de Petrone y Barroetaveña.
“El fallo es una aberración jurídica, en términos de que ostensiblemente contraria los estándares en materia de promoción de derechos humanos”, explica el integrante del equipo jurídico del CECIM Jerónimo Guerrero Iraola. “Nadie niega los hechos, y si nadie niega los hechos estamos en presencia de tortura” agrega recordando que “el fallo desconoce la tradición que se ha construido en la materia y compromete la responsabilidad del estado argentina en materia de protección de derechos humanos”.
¿Cómo sigue el curso de la causa sobre torturas en Malvinas?
Con todo esto el caso terminará en manos de la Corte Suprema que tendrá la última palabra. En mayo de 2015 el máximo tribunal del país resolvió una causa sobre torturas usando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial Nacional, que no establece la obligación de argumentar la decisión. En ese momento, y ante un pedido de aclaratoria del CECIM, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco y Juan Maqueda sostuvieron que “este Tribunal no se ha expedido en este recurso sobre el fondo del asunto”, aclararon.
Esto último da alguna esperanza para que ante la llegada de esta causa al máximo tribunal este efectivamente falle sobre la imprescriptibilidad de los delitos cometidos contra los soldados. “La Corte no puede borrar con el codo lo que escribió la mano, es la Corte que abrió el camino sobre la responsabilidad de los juzgamientos de los delitos de lesa humanidad”, recuerda Guerrero Iraola y aboga por un fallo “a la altura de los estándares internacionales”.
Cabe recordar que actualmente existe un caso (Petición P-460-15 REF Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata) que también se encuentra en estudio en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) donde el Estado argentino se encuentra solicitando un proceso de solución amistosa junto a las víctimas. En caso de que esto prospere, ante tribunales internacionales, el Estado argentino estaría reconociendo su responsabilidad internacional por el incumplimiento de tratados internacionales de derechos humanos.
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