El pasado 19 de mayo se conocieron los fundamentos de la condena de la sentencia que revisó la absolución del ex comisario de la Policía de la provincia de Chaco, Alfredo Chas, dictada en la causa Margarita Belén en 2011. Para el tribunal el caso es "una muestra más" de "la amalgama institucional de esa época".

En la sentencia, cuyo veredicto se conoció el pasado 30 de abril y de la que ahora se conocen los fundamentos, el Tribunal Oral Federal de Resistencia, integrado por Juan Manuel Iglesias, María Delfina Denogens y Lucrecia M. Rojas de Badaró, revisó la absolución del ex comisario y terminó condenándolo a 15 años de prisión como partícipe secundario de 11 homicidios y 4 desapariciones forzadas en diciembre de 1976.

Se trata de la revisión de la sentencia que en 2011 condenó a 9 ex integrantes del Ejército por la Masacre de Margarita Belén y absolvió a Chas. En aquel primer Juicio por la Masacre de Margarita Belen se condenó con perpetua a ocho Oficiales del Ejército Argentino, los coroneles Athos Renes, Rafael Carnero Sabol, Ricardo Reyes y Horacio Losito; los  tenientes coroneles Aldo Martínez Segon y Germán Riquelme; el  teniente primero Luis Patetta y el  mayor Ernesto Simoni.

El veredicto fue apelado y en 2016 la Cámara de Casación Penal confirmó las condenas y ordenó que se revisara la absolución y que se emitiera una nueva sentencia. Chas era subjefe de policía en la Unidad de Tránsito. Viajaba a bordo de la patrulla que encabezaba la columna de vehículos que transportaba a un grupo de presos políticos desde la alcaidía policial de Resistencia hasta Margarita Belén. Allí, la patrulla cortó el tránsito de la ruta para bloquear el acceso con el objetivo de que nadie pasara por el lugar durante la Masacre.

Esto fue precisamente expuesto en los fundamentos de la sentencia: “En términos prácticos, la policía provincial se mimetizó con los despliegues militares, al punto tal que no existió repartición policial que hubiese quedado al margen de alguna tarea, fuese urbana o como en el caso, en el trazado de una ruta en un escenario rural por graficarlo de algún modo", explican las magistradas y el magistrado.

"Comisarías, destacamentos, unidades carcelarias, brigadas como la tristemente célebre Brigada de Investigaciones que satisfizo exigencias castrenses transformándose en uno de los centros clandestinos de detención más figurativos de esta parte del país, y en la referencia más patética cuando se alude al  horror del trato y el posterior destino de muchas personas que pasaron días de encierro allí”,  continuaron.

Monumento en memoria de las víctimas de la última dictadura militar ubicado en Resistencia, Chaco. (Vía País)

La condena a Chas reconstruye el aporte de la Policía del Chaco en la Masacre de Margarita Belén. El accionar de la unidad de tránsito "es sólo una muestra más de lo que se explicita respecto de la amalgama institucional de esa época. La práctica casi sin solución de continuidad, ejecutada día a día, encarcelando estudiantes, trabajadores, personas comunes, sacerdotes incluidos, por el solo hecho de profesar alguna idea de tinte político, ser afín a desarrollos de tipo cooperativista (vgr. Ligas Agrarias) desarrollar otras actividades de tenor reivindicativas, etcétera".

"Innegablemente, la maniobra del patrullero y las medidas ejecutadas por Chas, formaron un ítem dentro del plan  pergeñado y, en términos de resultado, puede concluirse, fue eficaz. No puede concebirse que Chas ignoró por completo de qué trataba aquella operación de traslado. La participación de Alfredo Luis Chas no puede excluirse del despliegue que implicó un disimulado traslado, un más que fingido ataque y un resultado de muertes y desapariciones”, dicen los jueces.

La masacre

La Masacre de Margarita Belén se perpetró durante la noche del 12 al 13 de diciembre de 1976 cuando fueron ejecutados 11 militantes y se produjo la desaparición forzada de otros 4, en un operativo conjunto del Ejército y la Policía del Chaco.  Las Fuerzas Armadas junto con la Policía de Chaco y el Poder Judicial hicieron pasar un fusilamiento masivo como un “enfrentamiento con subversivos”.

El caso fue uno de los más de setecientos tomados en cuenta en el Juicio a las Juntas, en 1985, y por eso se condenó a los miembros de la Junta Militar integrada por Jorge Videla, Emilio Massera y Orlando Agosti. Sin embargo, en la condena de 2011 se había dejado afuera a Chas al ser absuelto.

En los fundamentos de la condena al ex comisario, las y el magistrado explicaron el aporte al Plan criminal de la Comisión Policial que integro Chas abordo de un patrullero: “(...) el arribo de Carballo, Chas, Vargas y Cabral fue antes de que se iniciara el supuesto enfrentamiento porque, de última, de lo que se trataba era, precisamente, asegurar el perímetro y evitar que el eventual paso de algún rodado u otro medio de transporte, frustrara el cometido, además de convertirse en espectador inconveniente”.