El Poder Ejecutivo provincial presentó en la Legislatura el proyecto de ley que busca implementar el juicio por jurados para delitos penales en el Poder Judicial catamarqueño.

El proyecto de ley propone establecer que los juicios criminales que impliquen delitos con penas de más de 20 años de prisión, como homicidios, violaciones y otros delitos graves sean realizados de manera obligatoria por jurados populares. Estos estarían integrados por doce ciudadanos con igualdad de género que se desempeñaran bajo las instrucciones legales de un juez y decidirán por unanimidad la culpabilidad o no del acusado.

De ser aprobada la iniciativa Catamarca se sumaría a Buenos Aires, Neuquén, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos y Córdoba que ya han implementado este sistema llevando a cabo unos 1150 juicios con jurados populares. Otras dos provincias, Chubut y San Juan, también aprobaron leyes para la realización de juicios por jurados pero aún no se encuentran implementados.

El proyecto fue presentado el 24 de junio pasado por el gobernador de la provincia de Catamarca Raúl Jalil en la Legislatura. "La Provincia de Catamarca encara con esta ley de juicio por jurados la reforma de su sistema judicial hacia formas cada vez más acusatorias, orales, públicas y con plena participación ciudadana, tal como lo ordenan los Arts. 24 y 118 de la Constitución Nacional. Catamarca es así la décima provincia del país en ajustar su derecho interno al mandato imperativo de nuestra Carta Magna", dice el proyecto entre sus argumentos.

Además de la paridad de género en la composición de los jurados, la iniciativa recalca otros requisitos para ser jurados como la mayoría de edad, o en el caso de las personas naturalizadas contar al menos con 5 años de ejercicio de la ciudadanía. También se debe estar alfabetizado y contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos. Los mayores de 75 años podrán excusarse.

En cuanto a las funciones, la iniciativa sostiene que el jurado "delibera sobre la prueba y determina la culpabilidad o no del acusado" mientras que el juez o jueza preside el proceso e instruye "sobre el derecho sustantivo aplicable" en el caso a los jurados para que estos "puedan desempeñar y llevar a cabo" esa función.

Los jurados serán elegidos a través de un sorteo que se realizará por la Quiniela provincial y será la propia Corte de Justicia provincial la que confeccionará cada año, utilizando el padrón electoral vigente, los listados principales de ciudadanos y ciudadanas que cumplen con los requisitos.

La lista definitiva estará confeccionada en octubre de cada año y será publicada en el Boletín Oficial provincial y en los medios de comunicación pertinentes. El plazo de exhibición de la lista será hasta fines de noviembre de cada año.  

"El jurado es independiente, soberano e indiscutiblemente responsable por su veredicto, libre de cualquier amenaza de juez o jueza, de las partes o de cualquier Poder por sus decisiones", detalla la iniciativa que se encuentra en manos de los legisladores provinciales y que establece la regla del secreto en las deliberaciones de los jurados.