Se cumplen 15 años de la sanción de la Ley de Educación Sexual Integral (N° 26.150) y la “Semana de la ESI” (del 26 al 30 de agosto) reaviva el debate acerca de su implementación, resistida por sectores del poder político, eclesiástico y educativo.
La ESI trata de abordar en las escuelas la enseñanza de saberes y habilidades para la toma de decisiones responsables que habiliten a los niños, las niñas y los/as adolescentes al derecho de mantener su integridad psicofísica y tener una vida libre de violencias, a través de la enseñanza de cuidado del propio cuerpo, las relaciones interpersonales, la información y la sexualidad.
Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), 1 de cada 5 niñas y 1 de cada 13 niños sufren abuso sexual durante su infancia a nivel global.
El derecho a una niñez sin violencia sexual está linkeado a la Educación Sexual Integral, ya que es un espacio donde se aprende a diferenciar una caricia de un abuso sexual, a ponerle nombre a determinadas situaciones que les permita a las víctimas infantes relatar y exteriorizar lo sucedido y poder contar con espacios de contención.
Por este motivo, Tiempo Judicial entrevistó a Melisa García, presidenta de Abogadas Feministas de Argentina (AboFem) para conocer el debate jurídico que gira en torno a la insuficiente implementación de la mencionada ley, y también a Celeste Mac Dougall, feminista, docente Especialista en ESI y Educación Inclusiva, a fin de contextualizar esta cadena de derechos vulnerados y leyes incumplidas.
“Al existir la ley vigente no es legal que se le niegue ese acceso a ese derecho”, explicó García, mencionando que, si una institución educativa se niega a la ESI puede denunciarse, dado a que las niñas y niños tienen derecho a conocer sus propios derechos relacionados a la sexualidad y la intimidad.
¿Se puede denunciar el incumplimiento de la implementación de la ESI en un establecimiento educativo?
La ley es de carácter obligatorio para los establecimientos públicos y privados, podría denunciarse ante el Ministerio de Educación su no implementación.
¿Es legal negarles a niñas/os el acceso a la ESI?
Claramente al existir la ley vigente no es legal que se le niegue ese acceso a ese derecho. Sería interesante preguntarnos porque se les niega a les niñes ese acceso.
¿Cómo llega a suceder que esta ley ya sancionada en el 2006 pase 15 años siendo vulnerada?
Hay un componente que se ha utilizado erróneamente que es confundir la Educación Sexual Integral con la mera mención de la sexualidad a temprana edad. Dándole un alcance simplista a la ley y por supuesto errado. La idea que las infancias y adolescencias puedan desde la primera infancia comprender (obviamente a sus diferentes escalas y acordes a su edad) lo que prevé la ley es el conocimiento de una actitud responsable ante la sexualidad, su salud sexual y reproductiva es fundamental, obligatorio y necesario si queremos sociedades más justas, equitativas y no violentas.
¿Quién es el encargado de vigilar que esta ley sea implementada correctamente?
El rol de control está encabezado en el Ministerio de Educación ya que deben adaptarse los contenidos curriculares escolares para que se incorpore la ESI en las escuelas.
¿Cómo influye hablar del “consentimiento” desde las primeras infancias para lograr prevenir o frenar y sancionar violencias y abusos sexuales?
Sin lugar a dudas, es fundamental hablar de abuso sexual en la infancia, ya que en un informe que se publicó (Mundanas) el 80 % de estos casos se dan en ámbitos intrafamiliares y 95% perpetrados por varones cis. Hablar de consentimiento. De sus cuerpos. De los lugares que nadie debe tocar, explicar que no cualquier acercamiento es caricia es prioritario y preventivo al momento de pensar cómo combatir de alguna forma la violencia sexual y los abusos sexuales.
En el mundo jurídico, ¿Cuánto vale el testimonio de un niño/a que exprese estar siendo víctima de abuso? ¿A qué proceso se expone a el/la menor que acuse a alguien de abusarle o violentarle?
El proceso de por sí es revictimazante, porque el sistema lo es. Hay una mirada imperante que es el adultocentrismo, es la minimización de los relatos de las niñeces, es colocarles en un pie de duda constante a lo que relatan esperando incluso que su relato satisfaga parámetros desde una mirada y concepción adulta. Hay mucho por rever sobre este punto.
¿La ESI incluye contenido sobre cómo recurrir a la Justicia en caso de abuso sexual a menores y/o mayores de edad?
No es una ley que apunte a ese tipo de recursos en sí misma, pero sí hay leyes complementarias que pueden incluir esa información, que también es muy importante para que los adultos a cargo sepan cómo reaccionar y actuar frente a una situación de abuso sexual.
Celeste Mac Dougall:
¿Por qué es importante que la ESI sea implementada desde las primeras infancias?
Porque la sexualidad y a educación en la sexualidad es una construcción fundamental, sobre todo para poder trabajar elementos que hacen a la construcción de posibles violencias y opresiones en un futuro. Por otro lado, para desarrollar sujetos libres, libres de violencias, que puedan decidir sobre sí mismes e identificar situaciones violentas, por ejemplo. Poder abordar todos estos contenidos desde las primeras infancias es fundamental para ir construyendo individuos más libres y, en definitiva, una sociedad más libre.
¿Qué lectura desde el aspecto jurídico puede hacerse sobre la consigna #ConMisHijosNoTeMetas”? ¿Predomina el derecho de madres y padres a decidir los contenidos a los que exponen a sus hijas/os o el derecho de ellas/os a educarse y preservar su integridad psicofísica?
No existe el derecho de los padres sobre los niños, lo que existen son responsabilidades por parte de los padres cuidadores, sean los padres biológicos o no. Lo que tienen son responsabilidades respecto a los derechos que tienen los niños. La idea de Patria Potestad, de menores de edad tutelados es previa a la sanción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes como convención internacional, y lo ratifica la Argentina en 1994 con la reforma de la Constitución que lo incluye con jerarquía constitucional y, a su vez, tenemos nuestra propia ley tanto nacional como en CABA, de derechos de niños, niñas y adolescentes.
Con esto, la consigna #ConMisHijosNoTeMetasva en contra de todo el entramado legal de derechos y convenciones internacionales que acabo de nombrar. Como concepto fuerte, los adultos tienen obligaciones con respecto a los niños, niñas y niñes que cuidan. Y si esos adultos que los están cuidando no garantizan esos derechos, se tiene que hacer cargo el Estado de garantizarlos, de la manera que sea.
A sabiendas de que la ESI no es implementada en todas las escuelas del país dado a la reticencia de algunas autoridades, ¿Cómo pueden las y los docentes intervenir para no dejar a las y los adolescentes librados a la educación a través de películas y pornografía mainstream?
Hay miles y miles de docentes dando educación sexual en las escuelas, desde hace muchísimos años y que haya generaciones que estén pudiendo ejercer libremente y sin ninguna contradicción de derechos, como la Ley de Identidad de Género, inclusive el derecho al aborto, no es solamente por un impulso joven, sino que fueron educados sexualmente desde esa perspectiva.
No hay estudios serios sobre la efectiva aplicación de la ESI al día de hoy. De hecho, yo soy parte del Observatorio de la ESI, y sé que el Ministerio de Educación está desarrollando indicadores para hacer un relevamiento de la aplicación de la ESI. Es muy difícil medirla.
Sí hay números que son muy buenos, por ejemplo, en la última encuesta Aprender, que es una encuesta que se hace en las escuelas, casi el 80% de los chicos y chicas planteaban que el contenido que querían que se abordara más era Educación Sexual Integral, pero eso no quiere decir que no se esté abordando en lo absoluto.
¿Hay medios digitales u otros organismos donde las y los chicos puedan acercarse en búsqueda de asistencia e información segura?
Los pibes y pibas suelen tener referentes en las escuelas, a quienes les cuentan lo que les pasa y preguntan sus inquietudes. Las escuelas tienen equipos y tutores para vehiculizar las soluciones a situaciones conflictivas. Hay asesores pedagógicos, psicólogas, gabinetes… Hay de todo para poder abordar estos temas.
¿Pueden las y los docentes interesadas/os dar contenidos de ESI a pesar de que la escuela donde trabajen se oponga o no muestre interés?
Nosotras hicimos una vez una encuesta y lo que nos comentaban colegas de todo el país era que donde más habían encontrado problemas a la hora de la aplicación de la ESI no era tanto en las familias, como a veces se supone, sino en los directivos de las escuelas. Y eso tiene que ver más con una bajada de línea jurisdiccional. Lo que falta ahí es una clara política pública no sólo del Ministerio de Educación nacional sino fundamentalmente de los ministerios provinciales, porque la educación está federalizada. Por más programas nacionales con material de ESI que haya, por más capacitación docente que haya, si no hay una política de cada una de las jurisdicciones, no se aplica la ESI.
¿Dónde pueden las y los docentes capacitarse o informarse sobre la implementación y contenidos de la ESI?
El problema de la capacitación es uno de los grandes problemas de la ESI. Cada vez que hay un curso de Educación Sexual Integral explotan muy rápidamente de inscripciones, donde por supuesto son todos docentes, sea o no sea un curso para docentes. Eso es lo que está faltando.
En CABA hay dos instancias de capacitación y formación post-título: uno en el Juan V. González y otro en la Escuela de Maestros. Y a nivel de las provincias, tenemos un gran problema que es que los docentes en formación no tienen la asignatura en ESI como asignatura en sus profesorados, en CABA sí. Por eso, se tiene que ir a una reforma de los planes de estudio, de los profesorados de todas las carreras, de inicial y de primario a nivel nacional, y esto lo tiene que hacer cada jurisdicción, donde incluya ESI en la currícula como materia. Lo que pasa ahora es que a veces se da ESI pero en espacios colaterales, pero no está como materia en los institutos de formación, y esto es política de Estado provincial.
¿A qué desafíos se expone aquel o aquella docente que quiera dar capacitarse y dar clases de ESI?
Tener que capacitarse por fuera de los horarios laborales, y la ley indica lo contrario: se supone que la capacitación debería ser en servicio. Se tienen que enfrentar a no encontrar dónde capacitarse, o a veces no hay cupo. En el Joaquín V. González hay lista de espera de dos años. Y sino se tienen que exponer a pagar un curso para poder formarse, destinando plata de su bolsillo para poder garantizar un derecho que en realidad lo tendría que estar haciendo el Estado.
Comentarios recientes