El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la nación fue informado la semana pasada por el procurador general, Eduardo Casal, sobre el relevamiento realizado desde la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) y las conclusiones, recomendaciones e informes producidos por dicha oficina en cuanto a la narcocriminalidad desde establecimientos penitenciarios.
De la reunión del procurador interino, Eduardo Casal, participaron el fiscal federal Carlos Rívolo y el titular de la PROCUNAR, Diego Iglesias, entre otros fiscales e integrantes de la mesa de trabajo que identificó puntos y realizó 14 recomendaciones que contienen conclusiones respecto a un abordaje integral de la problemática.
En dicho informe, se identificaron los “factores que facilitan o promueven la ocurrencia de ese tipo de hechos”, y se generaron conclusiones sobre la problemática que generaron recomendaciones para reducir los riesgos de seguridad interna del personal penitenciario, de la población carcelaria y de terceros, visitas y personal judicial, que concurren a esos establecimientos.
Fue la Secretaría de Coordinación Institucional de la Procuración General de la Nación quien coordinó la mesa de trabajo y contó con la participación de las/los titulares y colaboradoras/es de la PROCUNAR, la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), la Unidad Fiscal de Ejecución Penal (UFEP), la Fiscalía de Distrito Salta, las Fiscalías Federales Nº 1 y 2 de Lomas de Zamora, la Fiscalía Federal Nº 2 de Rosario, y la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Entre las recomendaciones que se dieron en el informe figuran “dar un estricto cumplimiento a la prohibición de las comunicaciones telefónicas a través de equipos o terminales móviles dentro de los establecimientos penitenciarios, expresamente prevista en el artículo 160”.
Además, se señaló que se debe “disponer las medidas necesarias para instalar inhibidores en los pabellones o módulos de los establecimientos penitenciarios en que se alojen los internos que lideran o integran organizaciones criminales complejas, y que impidan que estas personas se comuniquen con el exterior sin un adecuado control”.
También, se recomendó “Mantener el riguroso y efectivo control previsto por la reglamentación vigente sobre procesos de registro para el ingreso de visitas, agentes y funcionarios del Servicio Penitenciario y garantizar los mismos estándares de seguridad, calidad y efectividad para el ingreso de sustancias y otros objetos por parte de terceros ajenos a los establecimientos penitenciarios como, por ejemplo, personal de los servicios de alimentación, limpieza, o mantenimiento”.
“Reforzar, en los casos en que corresponda, el debido control sobre el cumplimiento de la obligación de presentación de declaraciones juradas patrimoniales integrales (ley 26.857), por parte de los agentes y funcionarios encargados de la seguridad y custodia de las personas que, de acuerdo con sus antecedentes criminológicos hayan cometido maniobras ilícitas del campo de la criminalidad organizada; así como respecto al periódico control de su evolución patrimonial”, concluyó el informe.
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