En la provincia de Córdoba la justicia restringió el derecho a votar en las elecciones legislativas de este domingo a una persona por considerar que tiene problemas de salud mental. Se trata de un hombre adulto que recibió un proceso de análisis sobre su condición psicológica.

Fue el Juzgado en lo Civil y Comercial de 31°, de la ciudad de Córdoba, quien decidió quitar el derecho a votar bajo el argumento de afectaciones cognitivas. El juez Aquiles Villalba, según trascendió, tomó la decisión en los términos del artículo 32, párrafo 1° del Código Civil y Comercial, que se encuentra vigente para todo acto de disposición y administración, incluidos los derechos cívicos.

Además, fuentes judiciales informaron que el hombre se manifestó en la audiencia sobre su capacidad y derecho a votar, pero el juez consideró que se encuentra “imposibilitado de sufragar por sí mismo” y que “no tiene las aptitudes suficientes para votar”.

 “El derecho a sufragar, sea cual fuere la elección en la que deba emitirse, necesita indispensablemente de un grado de comprensión del acto que se realiza; de forma tal que le permita al sufragante, conocer las propuestas entre las que debe escoger, para que su derecho a emitir el voto, no sea sólo una quimera o un acto vacío de discernimiento”, señaló el juez.

Sede del Poder Judicial de Córdoba, capital.

Asimismo, opinó que “la elección que realice el emisor, sea como consecuencia de haber efectuado una valoración suficiente, de todas las posibilidades existentes, y como consecuencia de ello, surja por convencimiento propio, que la opción que haya escogido, responda a un análisis y discernimiento propio”.

En el fallo, se explicó que “lo informado por el equipo técnico interdisciplinario, el mismo ‘no posee lectoescritura, posee memoria deteriorada, inteligencia disminuida y contaminada y atención fatigable, aspectos éstos, que relacionados con el resto del informe, a los que me remito en aras a la brevedad, imposibilitan al mismo, realizar la apreciación necesaria para sufragar. Por ello, considero que no tiene las aptitudes suficientes para votar´”.

“Tiene un diagnóstico médico de retraso mental moderado con rasgos de picotismo, que se comunica a través del lenguaje de manera adecuada, se encuentra desorientado en tiempo y parcialmente en espacio, se traslada de manera autónoma, no puede realizar operaciones matemáticas, no posee lectoescritura y no puede dar cuenta de la implicancia del dinero”, explica el dictamen.

El hombre recibirá la asistencia y ayuda de la hermana, quien actuará como supervisora de los actos cotidianos y las tareas diarias.

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