La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) un caso por la aplicación de lo que se conoce como la "media prescripción" o "prescripción gradual" en Chile en 14 causas penales en las que se investigan delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico-militar de Pinochet.
En el caso, "Arturo Benito Vega González y otros, respecto de Chile", que ahora llegó al tribunal internacional, la Corte Suprema de Justicia de Chile redujo las penas impuestas a los responsables de delitos de lesa humanidad, aplicando por primera vez la circunstancia atenuante de "media prescripción" o "prescripción gradual", consagrada en el artículo 103 del Código Penal chileno. Esto lo hizo actuando como tribunal de casación en esos procesos judiciales.
Para la Comisión, como consecuencia de la aplicación de la media prescripción, "se produjo una sensible disminución en el monto de la pena de prisión impuesta a los condenados puesto que, en ningún caso, la pena privativa de libertad impuesta superó el mínimo legal previsto en el Código Penal para los delitos de homicidio calificado, y secuestro calificado".
Además, teniendo en cuenta esta pena reducida la Corte Chilena, no sólo aplico la "media prescripción" sino que también esto permitió otorgarles a los represores chilenos beneficios de remisión condicional de la pena y de libertad vigilada, por lo que muchos de los responsables no se encuentran actualmente en prisión.
La CIDH sostuvo que el Estado chileno "no justificó la compatibilidad de la disminución de la pena con la Convención Americana y con los estándares interamericanos relativos a la proporcionalidad de las sanciones".
Y agregó: "La rebaja progresiva de la sanción penal por crímenes de lesa humanidad alegando el solo paso del tiempo y razones de seguridad jurídica, resulta incompatible con las obligaciones de condenar adecuadamente a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos; y que resulta problemático que la propia inacción del Estado para investigar e individualizar a los responsables desencadene el uso de este mecanismo".
Para la Comisión, el Estado resulta responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, y a la protección judicial de las víctimas de delitos de lesa humanidad en estas causas judiciales. Ahora el caso pasa a manos de la Corte IDH que deberá resolver la responsabilidad internacional o no del Estado Chileno por la utilización de la "media prescripción" en causas por delitos de lesa humanidad en aquel país.
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