Conocer a qué tipo de violencia de género se está expuesta/o/e es importante para saber dónde denunciar, y a quién. Este es el caso de una adolescente que denunció ser víctima de abuso sexual por parte de un profesor de la secundaria, en la provincia de Córdoba. En este escenario, es claro el tipo de violencia que la alumna sufrió. Sin embargo, su denuncia no termina ahí.
Violencia de género de tipo psicológica y simbólica son las otras modalidades que padeció la joven por parte de la escuela, tras haber sido ignorada y subestimada cuando les presentó a los directivos su situación. También fue ignorada su madre, quien la acompañó a hablar con la directora y la vicedirectora del establecimiento, que ni siquiera se interesaron en investigar la causa. Mucho menos, en remover al profesor de su cargo y cuidar al resto de las alumnas de la institución, incluso cuando otras dos alumnas relataron situaciones similares con ese docente.
La versión de la denunciante fue avalada por el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familia y de Género de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba: un integrante del cuerpo docente le tocó un pecho durante una clase desarrollada en el gabinete de informática.
Por esa razón, la adolescente demandó judicialmente al profesor y al colegio. Durante ese proceso contó con el patrocinio gratuito de la abogada del niño, Claudia Oshiro, quien integran la Defensa Pública del Poder Judicial de Córdoba.
En su resolución, la jueza Mariana Wallace ordenó que el victimario asista obligatoriamente a actividades psico-socio-educativas en el Centro Integral de Varones y remitió el expediente a la Fiscalía de Instrucción de Delitos contra la Integridad Sexual del 2° Turno.
También ordenó al colegio que desarrolle un protocolo de intervención temática e instancias de capacitación. La magistrada aplicó las Reglas de Brasilia a esta institución educativa privada; aunque, en general, este tipo de normas solo alcanzan a los órganos estatales. En el caso, consideró que la escuela estaba obligada a denunciar este tipo de actos (conforme al art. 5, de la Ley 10.401) y, por eso, se considera parte a quienes intervinieron de “una u otra forma en su funcionamiento” (regla 24).
Finalmente, la sentencia dispone, como reparación simbólica, que se coloque en el colegio una placa de material perdurable con un texto elaborado por la víctima que sirva como recordatorio de hecho.
La importancia de denunciar
Sobran los ejemplos para enunciar que denunciar violencia machista no es un proceso sencillo. Sin embargo, a la adolescente “no pudieron doblegarla”.
En la resolución, la jueza Wallace señaló que la alumna “a su costa y cargo” detonó un sistema arcaico, en el que quienes intervinieron en el rol docente, administrativo y/o directivo, priorizaron la “pseudoimagen de la institución por sobre el resguardo de la integridad psico/física/sexual de los miembros que la componen”.
“Con extraordinaria determinación y temple, L. soportó estoica los embates que las directivas le dirigieron para disciplinarla. Pese a los esfuerzos institucionales, no pudieron doblegarla y, por esta noble adolescente, otras adolescentes van a poder transitar sus estudios secundarios sabiendo que ningún profesor puede tomarles del busto y ninguna persona del cuadro directivo puede omitir adoptar todas las medidas para preservarla de semejante atropello”, agregó.
“El colegio será una mejor institución a partir de L., que se gana el agradecimiento de sus pares y el respeto y admiración de otras mujeres que la miramos”, enfatizó la jueza Wallace, señalando la gran importancia de animarse a denunciar.
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