En una resolución tomada el viernes, el Juzgado Federal Nº1 de Córdoba dio por válida la presentación de la acción colectiva que la Sociedad Rural Argentina (SRA) presentó conjuntamente con la Sociedad Rural de Jesús María, reconociéndole idoneidad para representar a todos los actores involucrados en la acción de amparo “contra el Estado Nacional, Poder Ejecutivo de la Nación, a fin de que se declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de derechos de exportación a los productos agropecuarios a partir del 1 de enero de año 2022”.
En la misma resolución, ordenó a la AFIP que “en el plazo de 30 días realice informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamento de la medida impugnada por la accionante”.
Se trata del segundo fallo de la Justicia Federal en Córdoba y contradice abiertamente lo dictado por el Juzgado Federal de Río Cuarto, que rechazó la acción presentada por la Sociedad Rural de dicha ciudad, ya que consideró que la entidad no cumple los requisitos de “legitimación activa” para tramitar el caso como proceso colectivo, dado que no la asociación agropecuaria no expresa intereses homogéneos individuales para sustentar el reclamo judicial.
En contrapartida, Bustos Fierro evalúa que la SRA posee dicha legitimidad por “trayectoria”, “solvencia institucional”, “capacidad técnica y económica” y “alcance nacional” para representar al sector agropecuario.
Cabe mencionar que el Juzgado Federal Nº1 activó el tratamiento del amparo al día siguiente que se emitiera el resolución de su par de ‘riocuartense’. Además, la resolución fundamenta una “causa fáctica normativa común” para que la entidad represente a la totalidad de los presuntos afectados, ya que “si bien está claro que los sujetos obligados jurídicamente al pago del tributo son los exportadores, más bien, dicho tributo es soportado económicamente por los productores, debido a que el mismo recae sobre el precio.
Esto implica que los ingresos de éstos se disminuyen en igual magnitud que el emolumento cobrado, por cuanto, al exportar se ingresa en el mercado internacional, en el cual no resulta competitivo agregar al precio de un determinado producto, el valor del impuesto respectivo”.
De esta forma, el juez equiparó al productor rural con una multinacional exportadora. A su vez, la resolución da fuerza argumental a la movilización que los sectores rurales de la zona núcleo llevan a cabo hoy a la Plaza de Mayo.
La controversia surge a partir del rechazo del Congreso Nacional al Presupuesto que presentó el Gobierno de Alberto Fernández para el 2022. La Sociedad Rural argumenta que al no tener presupuesto aprobado por el Congreso este año el Gobierno pierde la potestad de fijar las retenciones por decreto. Pero el gobierno nacional descartó el planteo. El Ministerio de Economía informó en febrero que “las retenciones siguen vigentes hasta que se derogan, y eso no ha sucedido”. La AFIP deberá ahora brindar bases técnico-tributarias a dicha respuesta.
En el fondo, la discusión gira en torno a la ganancia derivada del aumento abrupto del precio de los granos, y sus derivados, que produce Argentina, que se encuentran cerca de alcanzar valores récord respecto a la última década.
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