La Justicia en Argentina empieza a incorporar la perspectiva de género en casos relativos al narcotráfico y un caso en Córdoba se vuelve ejemplificador de esta premisa.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de la ciudad de San Francisco absolvió a una mujer acusada de comercializar estupefacientes junto a su exesposo y a su excuñada tras constatar que la mujer era víctima de violencia de género y sus acciones ilícitas eran realizadas “bajo amenazas de sufrir un mal grave e inminente, esto es, sin libertad”.
Para el Ministerio Público Fiscal, durante el período en que tuvieron lugar los hechos de comercialización de estupefacientes sometidos a juicio, la imputada E. J. C. “era víctima de violencia de género” y que esta situación “coartaba su libertad de decisión”. A criterio de la fiscalía, durante el juicio no quedó acreditada la participación responsable de la acusada en la comercialización de estupefacientes, ya que “mediaba un fuerte sometimiento” a su expareja.
En su alegado final, la Fiscalía de Cámara había solicitado su absolución y esta posición fue compartida por el defensor público de la mujer, Lucio Sarnago, quien adhirió al pedido de absolución fiscal.
En este sentido, la fiscalía afirmó que entre los imputados se generó una “situación íntima de coacción”, que excluye a la mujer de su responsabilidad penal, pues “el espacio de autodeterminación de E. J. C. se vio afectado en su capacidad de libre albedrío”.
Cabe recordar que en abril del corriente año un Guía para la Investigación y el Juzgamiento con Perspectiva de Género en materia de drogas. Según el informe, las infracciones de la Ley de Estupefaciente Nº 23.737 representan actualmente la tercera causa de encarcelamiento en la Provincia de Buenos Aires y, en particular, son la primera respecto de mujeres cisgénero, mujeres trans y travestis. En base a datos del Servicio Penitenciario Bonaerense, estos delitos explican la detención del 40% de las mujeres cis y del 72% de las mujeres trans y travestis, mientras que en los varones asciende al 11%. Esto se repite en casi todas las provincias del país.
Con esto, se busca no revictimizar a las mujeres cis y transgénero que, coaccionadas por situaciones de violencia con razones de género, terminan en la venta de estupefacientes liderada por, mayormente, sus parejas o exparejas.
En el caso en esta nota presentado, en la sentencia, el camarista Guillermo J. Rabino consideró acreditados múltiples hechos de violencia de género cometidos por el imputado F. D. P. contra su pareja, E. J. C., con quien tenía cinco hijos.
En cambio, la sentencia declara al imputado F. D. P., exesposo de la mujer, responsable de defraudación por sustracción; lesiones leves calificadas, desobediencia a la autoridad, violación de domicilio y violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de epidemia y comercialización de estupefacientes, coacción y hurto simple. Por estos delitos, la Cámara en lo Criminal y Correccional de la ciudad de San Francisco le impuso para su tratamiento penitenciario la pena de seis años y seis meses de prisión.
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