La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires absolvió a Sebastián Ariel Rodríguez de la pena de 50 años de cárcel que se le había dado por considerarlo partícipe del intento de la toma de la comisaría en San justo, planeada para para liberar a un detenido, en el 2018, y donde hirieron a una oficial. El tribunal le otorgó el beneficio de la duda ya que se probó que en ese momento se encontraba en situación de calle y tenía un problema de adicción y, tras cuatro años, fue puesto en libertad.

Conformado por Ricardo Maidana y Daniel Carral, el tribunal evaluó el pedido de la defensa de Rodríguez que juró desde que fue detenido su inocencia. Fue en abril del 2018 cuando cuatro delincuentes ingresaron en la Comisaría 1ª de San Justo a los tiros y, lamentablemente, una oficial resultó herida y quedó parapléjica. Luego de tres años, en el 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de La Matanza dio una pena de 50 años de prisión a los delincuentes que irrumpieron en la comisaría.

Según trascendió, la única prueba presentada por la fiscalía para la condena, fueron los dichos de un testigo que afirmó haberlo visto minutos después del hecho, pero a aproximadamente a cien metros de la comisaría. Sólo la única prueba para incriminar a un "linyera" que vivía en la calle y fue "un perejil más" incriminado por el resto de los presos con la venía judicial y policial.

El caso fue mediático porque presos intentaron liberar a un detenido y balearon a una oficial.

En el nuevo fallo, se estableció que “Rodríguez se vio privado de oponer eventualmente como descargo que ‘no tenía licencia de conducir, ni celular y que era un linyera que vivía en las calles, víctima del paco’, lo que no pudo ser presentado por la Defensa Oficial que lo asistió previamente porque no se podía visualizar de forma clara de qué se lo acusaba”.

Los letrados defensores de Rodríguez en el proceso penal, Fernando Sicilia e Iván Koffman expresaron su satisfacción por la sentencia que liberó a su defendido. Sicilia dijo a Tiempo Judicial que "este fallo demuestra las violaciones a las garantías constitucionales del departamento judicial de La Matanza donde no hay Estado de Derecho" y "esto pasa porque por cuestiones mediáticas o política se buscan culpables sin un mínimo de investigación en una causa donde no se acreditó la voz, el ADN del pelo ni las cámras de seguridad. Directamente se abandonó a la persona que en un principio tuvo una defensa ineficiente pero con la ONG Proyecto Inocencia pudismo hacer un mundo y un país un poco mejor y más justo".

El proceso también contó con el aporte fundamente de las ONG Innocence Project Argentina y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), quienes a principio de año llevaron el caso a la Sala 1 de Casación de la Provincia de Buenos Aires.

En cuanto a la sentencia, expresan que no cuenta con el requisito de ser fundada, al estar desprovista de un análisis lógico y completo de la prueba disponible, lo que desembocó en la condena arbitraria de su asistido”, se señaló.

Otra de las cuestiones que fueron tomadas en cuenta fue, como dice el documento, que Rodríguez “negó enfáticamente al prestar declaración ser el aludido en los archivos telefónicos, y rechazó todo vínculo con los autores de los hechos, a quienes dijo no conocer, sumado a que esto último se vio reforzado por los dichos del propio Aranda y D'Angelo”.

La ausencia de demostración de algún vínculo entre el mencionado y Aranda, su pareja, Sosa o D´Angelo, adicionado a lo declarado por el primero y el último en el juicio oral, que conocían personalmente a "Seba", diciendo que no se trataba del encausado ‘Rodríguez’”, detalló el fallo.

Por ello, el tribunal de Casación dispuso su absolución y fue liberado el día de ayer tras cuatro años de estar preso. Cabe destacar que uno de los organismos que impulsó su inocencia fue el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

El organismo aseguró que en el momento de la detención Rodríguez vivía en una carpa bajo la Autopista Dellepiane y manifestó, en sus redes sociales, que “se construyeron pruebas para incriminarlo y todas las líneas que pudieran corroborar su inocencia fueron rechazadas. Un real control judicial de la actuación de la policía y la investigación en los primeros momentos del proceso evitaría la afectación a los derechos, garantías constitucionales y la vida de las personas”.

Sentencia-Casación