El nuevo Código Contravencional de Río Negro se encuentra en vigencia, realizado para modernizar los altercados que “alteren la buena convivencia social” pero que no son juzgados como un delito penal, e deberá ser acatado por los 49 jueces y las juezas de Paz de la provincia.

Fue el Boletín Oficial de la Provincia quien publicó la nueva Ley N° 5592, y a su vez, los magistrados se reunieron en Roca para tener la capacitación correspondiente. Además, estuvieron presentes referentes judiciales como Cecilia Criado, integrante del Superior Tribunal de Justicia, Pablo Zille, Inspector de Justicia, y el legislador Lucas Pica, coautor de la nueva ley, acompañado por su par Facundo López.

El nuevo Código se basa en cuatro lineamientos específicos con el objetivo primordial de ser una herramienta para la pacificación social. En primer lugar, se reformulan los “tipos contravencionles” y se suprimieron artículos de la vieja ley que afectaban las libertades individuales.

En segundo lugar se modificó el modo de intervención del Poder Judicial ante esas conductas. Ahora, la mayoría de las acciones contravencionales son de instancia privada, es decir que se necesita la denuncia de la persona afectada para iniciar una causa.

Sin embargo, son de acción pública y no necesitarán denuncia las contravenciones que afecten la integridad de las personas, como el acoso callejero, las afectaciones a niños, niñas y adolescentes, las que generan riesgos de incendio, las faltas relacionadas con el medio ambiente y las contravenciones detectadas “in fraganti”, entre otras.

El tercer cambio sustancial es la incorporación de los métodos autocompositivos de resolución de conflictos, para que la participación de un mediador o mediadora puedan facilitar una solución rápida a los problemas vecinales que se reflejan en las contravenciones.

La modificación

En el encuentro, las autoridades señalaron que había una clara necesidad de modificar el Código de 1969, ya que, según indicaron que afirmó la jueza Criado, se “encontraba totalmente desfasado de la realidad y de las necesidades de la sociedad actual.

El cuarto aspecto es la eliminación de la figura de la reincidencia en el ámbito contravencional, ya que la ley incorpora nuevas maneras en las que el Estado puede responder a una conducta disvaliosa de este tipo.

Las sanciones que prevé el nuevo Código inician con amonestaciones y van en aumento según la gravedad y particularidad de la conducta, pasando por prohibiciones de asistir a determinados lugares, pautas de conducta específicas, reparación del daño causado, trabajo comunitario, abordaje interdisciplinario, multas, inhabilitaciones, decomiso, clausura y arresto.