La Justicia de Rosario dispuso que un deudor de la cuota alimentaria de su hija no pueda asistir a los partidos del equipo de fútbol Rosario Central hasta que no cumpla con su obligación parental. “La omisión del progenitor afecta directa e indirectamente la vida, la libertad y la integridad económica” de la madre y la hija explicó el juez que dicto la medida.
La medida fue dictada por el juez de Familia de Rosario Ricardo Dutto que argumentó que el progenitor actúa “sobrecargando” a la madre de la niña “con el cuidado personal de su hija en todos los aspectos de la vida cotidiana” y que el hecho de adeudar la cuota alimentaria constituye “una relación desigual de poder”.
“Fácticamente el cuidado personal de la niña es unilateral a cargo de la progenitora, con lo cual la mayor parte de los gastos diarios los insume ella, por lo que se torna imprescindible el cumplimiento de la pensión a cargo del padre, del cual no se conocen sus ingresos y cuando tuvo empleos registrados ha renunciado”, explica el magistrado en la sentencia.
Además, explico que “es manifiesto el desinterés del progenitor en relación con sus obligaciones parentales, sobrecargando a la actora con el cuidado personal de su hija en todos los aspectos de la vida cotidiana” puesto que “lejos de tomar una actitud loable y hacer frente a las cargas alimentarias, ignora el proceso judicial”.
A fines de 2020, el hombre se comprometió a abonar un porcentaje de sus ingresos, junto con el salario familiar, en concepto de cuota alimentaria por su hija de nueve años de edad. No obstante, según detalla el expediente, el último depósito que realizó el hombre está registrado en junio de este año y es por menos de 700 pesos.
Es que “la omisión afecta directa e indirectamente la vida, la libertad y la integridad económica tanto de la progenitora como de la niña, basado ello en una relación desigual de poder, lo cual se intenta evitar o erradicar por medio de la ley 26.485”, detalla Dutto.
Sobre la decisión de que no pueda asistir a ver los partidos de futbol de Rosario Central explicó que “la actitud del demandado choca contra un elemental sentido de proporción al utilizar ingresos que podrían ser destinados a la cuota alimentaria, en concurrir a ver si su equipo logra pasar una pelota por debajo de un rectángulo de caño más veces que el competidor”.
“Por lo cual se le prohibirá la asistencia a todo espectáculo deportivo en el que participe el club Rosario Central en todo el país”, sentenció el juez que dispuso que a la hora de los partidos, el progenitor deba concurrir a la Delegación Policial de los Tribunales Provinciales para registrar su presencia. “En caso de que se incumpla, se le efectuará la denuncia penal por desobediencia a una orden judicial”, detalla.
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