La Justicia de la provincia de Salta confirmó una multa al Banco de Santiago del Estero S.A. por haber demorado más de tres horas en atender a sus clientes. La multa de casi un millón de pesos fue impuesta por la Secretaría de Defensa del Consumidor y ahora confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial provincial.

En diciembre de 2018 a las 8:43 se produjo el famoso “se cayó el sistema” en la entidad bancaria mientras había muchos clientes esperando a ser atendidos. Según cuentan en el expediente, el inconveniente informático duró 60 minutos, pero hubieron clientes que debieron esperar más de tres horas para ser atendidos. Ante esta situación la Secretaría de Defensa del Consumidor multo al banco por infracción al artículo 8 bis de la ley 24240, por “la demora para la atención de los asistentes”. Pero la entidad recurrió a la justicia para dar vuelta esa multa. Argumentaba que la verificación que dio lugar a la multa había una “demora en la atención al público por una falla en el sistema operativo del banco, la que fue debidamente informada a los asistentes y certificada por la auditoría interna.”

Además dijo que garantizaba “la atención preferente de las personas con capacidades diferentes, movilidad reducida, embarazadas y mayores de 70 años; para los cuales tiene una caja especial” y que el edificio es confortable, tiene aire y cuenta con sanitarios para los clientes.

El juez Alejandro Lávaque y la jueza Verónica Gómez Naar, integrantes de la Cámara, confirmaron la multa y recordaron que la ley provincial establece “que a los fines de la protección de los derechos de usuarios y consumidores, todas las dependencias públicas y los establecimientos privados que brinden atención al público deben garantizar que el tiempo de espera de los mismos no supere el término de 30 minutos; y que toda persona que concurra al lugar, dentro del horario establecido para la atención al público, sea atendida.”

Y que la ley 24.240, prescribe que se debe considerar como “práctica abusiva” y contraria al “trato digno” de usuarios y consumidores al tiempo de espera superior a los 60 minutos para ser atendidos en locales de acceso a la atención masiva al público, aún cuando se provea de asientos, existan instalaciones sanitarias y un orden de atención sea según talón numerado.

También, explicaron que la falla aludida por el banco “no es justificativo” pues “además de que se ha producido durante la primera hora de atención ha tenido una duración de entre veinte y cuarenta y tres minutos, lo que no guarda relación con las tres horas que tuvieron que esperar los usuarios para ser atendidos”.

“No tiene relevancia la insistencia del banco en demostrar que sus instalaciones son modernas, adecuadas y que cuentan con sanitarios gratuitos. Tampoco atenúa su conducta el hecho de que sus recursos humanos son de número suficiente como para satisfacer las necesidades operativas del sistema, si con ello no se ha logrado acotar el tiempo que las personas debieron permanecer en la entidad bancaria hasta su atención”, explicaron.

La sanción “ha sido impuesta de conformidad a las previsiones de la ley y que cumple los objetivos perseguidos por la sistema consumeril”, concluyeron y confirmaron la multa de 900 mil pesos contra la entidad bancaria.