El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro confirmó una sentencia y ordenó indemnizar a una mujer policía que sufría violencia de género y que fue echada de la fuerza. Ordenó, además, que sea reincorporada y que la policía provincial sea capacitada para erradicar la violencia de género y laboral en la fuerza.

La joven policía ingresó a trabajar en la policía de Río Negro en febrero de 2014. La agente tuvo en todo momento al tanto a la institución de que sufría violencia de género por parte de su pareja. Las agresiones eran constantes y, según se explica en el expediente, el día del ataque más grave, el agresor la golpeó, le quitó el arma reglamentaria y finalmente se suicidó.

Ante esto, la institución le inició un sumario por negligencia en el cuidado de la pistola y finalmente la dio de baja en enero de 2015, al dar por desaprobado su primer año de período de prueba en la fuerza de seguridad.El caso llegó hasta el máximo tribunal provincial después de que la Cámara Segunda del Trabajo de General Roca hiciera lugar a lo pretendido por la mujer y la provincia apelara esto ante el STJ.

“Consideró que el hecho de que las autoridades policiales conocieran la situación de violencia extrema que padeció la accionante, y lo calificaran como "hechos de la vida privada", estimándolos como desfavorables al momento de calificarla para su continuidad laboral, constituyó en el caso, una revictimización de la actora”, dice en la sentencia del tribunal superior provincial la jueza Cecilia Criado.

La provincia, en representación de la Jefatura de Policía, remarcó algunos cambios en la institución que fueron posteriores al despido de la mujer, entre ellos mencionó una resolución que convocó a un curso abierto de la Ley Micaela. Pero el STJ, por unanimidad conformada por Criado, la jueza Laura Piccini y el juez Sergio Barotto, confirmó la indemnización económica de 1 millón y medio de pesos y, por mayoría, mantuvo la capacitación obligatoria para toda la institución.

El fallo también destaca la adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.499, más conocida como Ley Micaela, recordando que se trata “un tema de alta sensibilidad social, que sin dudas debe merecer especial atención por parte de la jefatura policial”. Además, explicaron que la sentencia de la Cámara Laboral no hace más que ordenar el cumplimiento de lo que la ley impone como obligación a todas las personas que integran los tres poderes del Estado.