La Corte de Apelaciones de Valdivia, Chile, declaró este martes procedente solicitar a Argentina la extradición del lonko mapuche Facundo Jones Huala. Ahora será el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país el que actuará como “correo” y que con la solicitud aprobada tramita la solicitud ante los tribunales argentinos.
La sala de turno del tribunal, integrada por los ministros Marcia Undurraga Jensen, María Elena Llanos Morales y Samuel Muñoz Weisz, acogió la solicitud presentada por el Ministerio Público, con la adhesión de la querellante Gobernación del Ranco, por cumplirse los requisitos del tratado de extradición suscrito y vigente entre ambos países.
Previo a su decisión, en una audiencia que duró poco más de media hora, las partes alegaron por la extradición o no de Jones Huala. Desde el ministerio público chileno, el fiscal Sergio Fuentes, pidió la extradición a los magistrados y pidió se solicite la prisión preventiva en Argentina. Lo mismo hizo Carlos White, representante del ministerio del Interior de Chile, también pidió la extradición recordando que “los hechos sobre la extradición ya fueron conocidos por esta Corte” y que todo se encuentra “suficientemente acreditado”.
Por su parte, la defensa oficial de Jones Huala, a cargo de Juan Pablo Alday Blanc, pidió que no sea extraditado argumentando una “doble incriminación” y pidió que se incorpore prueba referente a la legislación argentina. “Deben considerarse los derechos del individuo requerido”, dijo recordando el derecho del condenado a “tener relación con su familia y que es un hecho que es una autoridad mapuche y vive en Argentina”.
Sin embargo, la Corte de Valdivia, consideró que “es posible concluir que se cumplen con las exigencias contenidas en el artículo 431 del Código Procesal Penal, para fundar la solicitud de extradición activa” ya que “Jones Huala cuenta con una condena, por delito común, que supera el año de privación de libertad, quedando un plazo superior a un año por cumplir la pena de forma efectiva, sin que la disposición citada haga alguna distinción respecto de aquello”.
A ello, sumaron que “la pena no se encuentra prescrita, encontrándose el condenado en lugar conocido en un país extranjero” y recordaron que “el condenado mantiene la calidad de fugitivo desde el mes de febrero del año 2022”.
Jones Huala, fue condenado como autor del delito de incendio a la pena de 6 años y, por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego a la pena de 3 años y un día. Le queda por cumplir una pena de 1 año, 4 meses y 17 días.
Ordenaron que el Ministerio de Relaciones Exteriores pida a las autoridades judiciales de la República de Argentina, por medio de las autoridades competentes de dicho país sea por vía diplomática o a través de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), que ordene la detención previa y luego la prisión preventiva, de Jones Huala. Ahora el proceso seguirá en Argentina una vez que la cancillería chilena realice los pedidos ordenados por el poder judicial.
Rol+94-2023+Corte+extradicion.+08-01-23
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