En el año 2011, la madre de una bebé recién nacida decidió entregarle su hija a una pareja oriunda de Corrientes. Se trataba de una mujer en estado de vulnerabilidad, no sólo en el aspecto económico sino también social, siendo ella víctima de violencia de género y trata.

La pareja adoptiva, ante su imposibilidad de concebir hijos, estuvieron al menos un año inscriptos como candidatos a padres adoptivos en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, pero ante la aparición de esta propuesta, el hombre concurrió al Registro Civil y reconoció a la niña como su hija, anotando como madre a su progenitora biológica.

Ante la irregularidad de este proceso de “adopción”, las personas afrontaron cargos judiciales desde el 2014. Fueron denunciados por asistentes del Registro de Adoptantes tras realizar una visita social a la pareja y constatar que tenían a esta niña –ya de 3 años-, sobre la cual les contaron que era una hija extramatrimonial del hombre. Esto generó sospechas en las asistentes y radicaron la denuncia ante el Juzgado Federal de Río Grande, en ese entonces a cargo de Lilian Herráez.

La pareja fue imputada de dos delitos: “supresión del estado civil de una persona” e “insertar en un instrumento público declaraciones falsas” en relación a la partida de nacimiento.

Pero finalmente, a inicios de este 2023, la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, los sobreseyó y sienta así un fuerte antecedente judicial a nivel país respecto a esta temática.

Este fallo se dio luego de que se desistiera en la Cámara Federal de Casación de una apelación que había presentado el fiscal federal de Río Grande, Marcelo Rapaport, quien fue cuestionado en ese fallo por no atender a la situación de la menor que vive una vida feliz con su familia “adoptiva”.

En el fallo de absolución se contempla que la nena consideraba a los imputados “afectivamente como sus verdaderos padres". "La niña conoce su historia de vida, sabe que tiene una madre biológica a quien desconoce, pero les tiene un gran agradecimiento por permitirle la vida que hoy tiene”.

Incluso los especialistas manifestaron que se “considera conveniente la permanencia de la niña con el matrimonio a fin de continuar viviendo en esas condiciones de vida familiar y comunitaria que le brindan seguridad y bienestar general permanente”, explica un informe sobre el caso.

Para completar, el fallo de la jueza Borruto marcó objetivos a futuro para regularizar la situación de la niña. Primero, cursar oficios a los registros civiles del sitio donde hoy reside esta familia, a fin de que puedan regularizar la situación documental y registral de la menor hoy de 12 años, así como la pareja poder llevar adelante el proceso regular de adopción.

Y ordenar a los entes oficiales de asistir a la madre de la menor, en situación de extrema vulnerabilidad en la ciudad de Buenos Aires; y eventualmente evaluar si es de interés tanto de la mujer como de la pequeña, generar algún vínculo a futuro.

En declaraciones radiales a Radio Nacional Ushuaia, la jueza explicó que "los jueces tenemos que tener una mirada humana y pensar en las consecuencias de las cosas", manifestó Borruto".