Tres empresarios de la cuidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, fueron procesados por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado a casi 200 trabajadores rurales que se dedicaban en sus campos a la cosecha de arándanos. En tanto, a un cuarto se le dictó la falta de mérito.

El juez federal de primera instancia que interviene es Pablo Andrés Seró, y la causa contiene seis expedientes en los que se investigó la trata de 190 personas. Asimismo, la fiscal federal de Concordia, Josefina Minatta, apeló la falta de mérito al cuarto empresario imputado. El mismo, es el presidente de la firma Extraberries S.A., quien, según indicó la fiscal, también explotaba los campos donde se explotó a los trabajadores.

En tanto, las tres personas procesadas son el presidente de la empresa Eureka SRL y dos capataces. Ellos fueron señalados como autores del delito y se dispuso el embargo de sus bienes hasta alcanzar la suma de 50 mil pesos por cada uno, además de estar imputados por intervenir en la captación y acogimiento de las víctimas en situación de vulnerabilidad.

Las víctimas en su mayoría son del norte argentino, que fueron traídos para trabajar en esas condiciones en los campos y eran trasladados en micros y el costo de los pasajes que eran descontados del salario. Además, estaban alojados en sitios inhumanos, sin luz, sin electricidad ni baños.

La investigación agrupó denuncias que fueron presentadas entre el 2013 y 2017. La fiscal Minatta indicó que “ir hacia arriba en la cadena de responsabilidades forma parte de un criterio de política criminal que está entre las facultades de este Ministerio Público. No se puede dejar de señalar que la propia Cámara Federal de Casación Penal compartió esta perspectiva en más de una oportunidad”.

La fiscal buscó asidero en un fallo anterior de la Sala IV del máximo tribunal penal, sobre una causa que investigó talleres textiles ilegales de la firma Falabella SA. En referencia, expresó que “la Sala IV sostuvo que ‘quien percibe la mayor ganancia en la cadena de producción tiene responsabilidad y un deber de conocimiento acerca de las cuestiones que están bajo su directo ámbito de organización’”.

Asimismo, enfatizó que “la responsabilidad de este tipo de empresas obedece a que las sociedades involucradas incumplieron una serie de normas laborales y aumentaron considerablemente el riesgo de producción del resultado”, y remarcó que “debe ponerse de relieve que la demanda de esclavización de los seres humanos proviene de los escalones más altos en la cadena de producción y beneficios, y es aquí hacia donde también se deben dirigir las investigaciones judiciales para alcanzar eficazmente el objetivo constitucional de erradicar el delito de trata de personas”.

Cómo vivían

En la investigación se develó que los trabajadores estaban en condiciones de hacinamiento, alejados de zonas urbanas, en condiciones precarias, tanto en galpones como viviendas en construcción, con filtraciones de agua, baños de madera tipo letrina y habitaciones construidas en maderaEstas precarias viviendas eran usadas por hombres, mujeres y niños que compartían baños y se encontraban en malas condiciones de higiene, con cuchetas e instalaciones eléctricas precarias.

El trabajo era de jornadas de 12 horas diarias de lunes a sábados en la cosecha de los arándanos y no tenían vestimenta de trabajo ni elementos de seguridad, se les descontaban el valor de la comida y de los pasajes de traslado, además de no tener recibo de haberes ni les efectuaban aportes previsionales.

Asimismo, tenían prohibido trasladarse a sus lugares de origen, se les quitaba la documentación personal y no podían salir cuando tenían problemas de salud ya que los amenazaban con ser despedidos por comentar qué sucedía en ese lugar.