Los emprendimientos inmobiliarios en Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde hace años ocupan un lugar central, como refiere esta entrevista en Tiempo Judicial, en el debate de la Legislatura Porteña, las autorizaciones y rechazos en cuanto a los emprendimientos que muchas veces vulneran la legislación vigente muchas veces se decide en la justicia.
En esta oportunidad, el Tribunal Superior de Justicia de la C.A.B.A. rechazó el recurso extraordinadiario que presentó la empresa TGLT junto al Gobierno de la Cuidad de Buenos Aires (GCBA) para la construcción del llamado Mamotreto Astor San Telmo.
La construcción había sido rechazada de lleno por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y la ONG Basta de Demoler, ya que se violaba la norma que regula los parámetros urbanísticos del Área de Protección Histórico N° 1, correspondiente al Casco Histórico. Asimismo, el Gobierno de la Ciudad había autorizado la mega construcción de más de media manzana.
En esa línea, los organismos especificaron que el edificio, ubicado en la Avenida Caseros y la calle Bolívar, iba a tener una altura aproximada de 30 metros, cuando en esta zona del APH1 sólo se permite 22 metros, sobre la primera y 13 metros sobre la segunda.
La causa
El pedido de suspensión de la obra comenzó en el 2017, cuando la asociación civil Basta de Demoler inició la causa, la cual logró que se dicte la nulidad de los permisos en 2019. En julio de 2020, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la apelación que presentó la empresa TGLT y el GCBA.
En 2022, puntualmente en junio, el Tribunal Superior de Justicia porteño volvió a rechazar los recursos planteados por el GCBA y la empresa TGLT. El abogado y fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y del movimiento “La Ciudad Somos Quienes la Habitamos”, Jonatan Baldiviezo, explicó que en la Ciudad “existe una práctica sistemática por parte de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) para autorizar emprendimientos inmobiliarios”.
La misma, detalló, viola “el Código de Planeamiento Urbano o, el ahora vigente Código Urbanístico, con el único objetivo de permitir una mayor capacidad constructiva en los inmuebles y ganancias para los desarrolladores inmobiliarios sin considerar los derechos ambientales y culturales de los porteños”.
En esa línea, sostuvo que “el caso del Astor San Telmo es un caso ejemplar”, y consideró que “con el nuevo Código Urbanístico esta práctica ha mutado a lo que se llaman Convenios Urbanísticos, excepciones inmobiliarias que consiguen las desarrolladoras a través de leyes en la Legislatura porteña dando como contraprestación un monto de dinero”.
Baldiviezo concluyó: "La ilegalidad del permiso otorgado al Mamotreto Astor San Telmo se enmarca en el Plan de Renovación del Casco Histórico que está impulsando el GCBA que pretende transformarlo en un gran polo gastronómico a cielo abierto expulsando a los residentes permanentes del barrio".
32 - RECHAZA RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
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