La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de Jonathan Luna, condenado a prisión perpetua por el femicidio de Micaela Ortega, quedando firme, entonces, la sentencia cuestionada. En el caso se investigó el crimen de la nena de 12 años que en 2016 se convirtió en la primera víctima de grooming seguido de muerte en Argentina.
El 23 de abril de dicho año, la menor fue engañada por un criminal mayor de edad a través de un perfil falso creado en la red social de Facebook desde el que se hacía pasar por una nena de su misma edad. Micaela acordó encontrarse con él. Salió de su casa del barrio Noroeste de la ciudad de Bahía Blanca, pero nunca volvió.
Una vez hecha la denuncia por su desaparición, desde entonces se montaron múltiples rastrillajes y operativos para encontrarla. Todos ellos sin resultados positivos. En la investigación se involucró incluso National Center for Missing & Exploited Children, un organismo sin fines de lucro de Estados Unidos que trabaja a nivel mundial contra la pedofilia y que colabora con la Justicia en este tipo de casos.
A partir de los datos aportados, las y los investigadores encontraron al culpable: Jonathan Luna, que en el momento del hecho tenía 26 años de edad, y residía en un domicilio de la localidad de Ingeniero White. En consecuencia, la Justicia ordenó el allanamiento a esa vivienda. Allí se encontraron el celular y la campera de la menor. Luna fue detenido y, comprometido por las pruebas en su contra, se quebró: confesó el asesinato y reveló el lugar de donde había escondido el cuerpo.
Así, el 19 de octubre de 2017, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Bahía Blanca condenó a Luna a prisión perpetua por resultar autor de los delitos de homicidio triplemente calificado por haberse cometido sobre una mujer mediante violencia de género, por alevosía y para ocultrar otros delitos y no haber logrado el fin e intención que guiaba su conducta de cometer un delito contra la integridad sexual, en concurso real con los delitos de acoso sexual tecnológico y robo (artículos 80, incisos 2, 7 y 11; 131 y 164, del Código Penal).
La defensa apeló esa decisión en las sucesivas instancias, cuestionando que la pena sea a prisión perpetua, finalmente, sin éxito. Llegado el caso hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo de la defensa de Luna, quedando firme su condena. -Fallo completo aquí-.
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